Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezabellosa. (BOP-2023-3429)
BOP-2023-3429 Pliego Cláusulas Administrativas Explotación Bar y Venta de entradas Piscina Municipal 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Cabezabellosa
e) La actividad a desarrollar será la propia de un bar, por lo que
únicamente podrá vender los artículos propios de dicha actividad.
f) El horario de apertura y cierre del bar se sujetará a lo dispuesto en la
normativa establecida por la Comunidad Autónoma de Extremadura.
g) Podrá disponer de la terraza exterior quedando expresamente
prohibido el acceso a las instalaciones de la piscina municipal, incluida
la terraza interior.
h) Tomar cuantas medidas sanitarias establece la legislación vigente
para las explotaciones de este tipo, y en especial todas las relativas a
la prevención del contagio del COVID-19.
CLÁUSULA OCTAVA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o
extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en
prohibiciones para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y
técnica o profesional.
La capacidad de obrar se acreditará:
a) En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del
documento nacional de identidad.
b) En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del CIF y la
escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los
que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente
inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de
persona jurídica de que se trate.
En ningún caso podrán contratar con el Ayuntamiento las personas en quienes
concurra alguna de las circunstancias previstas en la legislación vigente.
CLÁUSULA NOVENA. Obligaciones del Adjudicatario
— Obligación de pagar el importe establecido en el presente Pliego. Este
comportará el deber de abonar el importe de los daños y perjuicios que se
causaren a los bienes o al uso general o servicio al que estuvieren destinados.
— Obligación de mantener en buen estado los bienes y las instalaciones.
— Obligación de abandonar y dejar libres a disposición de la Entidad Local,
dentro del plazo fijado, los bienes y las instalaciones objeto de la utilización,
reconociendo la potestad de aquella para acordar y ejecutar por sí el
lanzamiento.
Ayuntamiento de Cabezabellosa
Plaza de la Constitución, 1, Cabezabellosa. 10729 (Cáceres). Tfno. 927489041. Fax: 927489267
Cód.
Validación:
77CNZPWJWQ2AHEZYQ2P5RQ44G
Verificación:
https://cabezabellosa.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2023-3429
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en:
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Miércoles, 31 de mayo de 2023
N.º 0101
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e) La actividad a desarrollar será la propia de un bar, por lo que
únicamente podrá vender los artículos propios de dicha actividad.
f) El horario de apertura y cierre del bar se sujetará a lo dispuesto en la
normativa establecida por la Comunidad Autónoma de Extremadura.
g) Podrá disponer de la terraza exterior quedando expresamente
prohibido el acceso a las instalaciones de la piscina municipal, incluida
la terraza interior.
h) Tomar cuantas medidas sanitarias establece la legislación vigente
para las explotaciones de este tipo, y en especial todas las relativas a
la prevención del contagio del COVID-19.
CLÁUSULA OCTAVA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o
extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en
prohibiciones para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y
técnica o profesional.
La capacidad de obrar se acreditará:
a) En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del
documento nacional de identidad.
b) En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del CIF y la
escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los
que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente
inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de
persona jurídica de que se trate.
En ningún caso podrán contratar con el Ayuntamiento las personas en quienes
concurra alguna de las circunstancias previstas en la legislación vigente.
CLÁUSULA NOVENA. Obligaciones del Adjudicatario
— Obligación de pagar el importe establecido en el presente Pliego. Este
comportará el deber de abonar el importe de los daños y perjuicios que se
causaren a los bienes o al uso general o servicio al que estuvieren destinados.
— Obligación de mantener en buen estado los bienes y las instalaciones.
— Obligación de abandonar y dejar libres a disposición de la Entidad Local,
dentro del plazo fijado, los bienes y las instalaciones objeto de la utilización,
reconociendo la potestad de aquella para acordar y ejecutar por sí el
lanzamiento.
Ayuntamiento de Cabezabellosa
Plaza de la Constitución, 1, Cabezabellosa. 10729 (Cáceres). Tfno. 927489041. Fax: 927489267
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