Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-3056)
BOP-2023-3056 Bases que han de regir la concesión de subvenciones en régimen de concesión directa para favorecer la conciliación familiar, personal y laboral en el municipio de Cáceres, 2023.
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II.- ANEXO II: Autorización de la persona solicitante para que el Ayuntamiento de Cáceres, a
través del Instituto Municipal de Asuntos Sociales, obtenga de forma directa la acreditación
de las circunstancias de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la
Administración General del Estado y con la Seguridad Social a través de certificados
telemáticos, así como de las diferentes prestaciones o rentas reconocidas por otras
Administraciones Públicas. El solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento,
debiendo aportar entonces los certificados.
III.- ANEXO III: Declaración formal según modelo facilitado (Anexo III), manifestando que
cumple los requisitos para obtener la condición de beneficiario previsto en el artículo 13 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y las subvenciones
solicitadas o percibidas de otras Administraciones Públicas o Instituciones Públicas o
privadas para esa misma finalidad.
IV. La comprobación del empadronamiento de todos los miembros de la unidad familiar se
realizará de oficio por el Instituto Municipal de Asuntos Sociales.
La acreditación de no tener deudas o sanciones tributarias, y de estar al corriente de pago
de obligaciones por reintegro de subvenciones con el Ayuntamiento de Cáceres y cualquiera
de sus Organismos Autónomos dependientes, se realizará igualmente de oficio por el
Instituto Municipal de Asuntos Sociales, conforme establece el artículo 10 de la Ordenanza
General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
2.- Plazo de presentación y lugar de presentación: Toda la documentación, dirigida a la
Presidencia del Instituto Municipal de Asuntos Sociales, se podrá presentar:
- De forma presencial, en las oficinas del Registro General y sus Registros Auxiliares del
Ayuntamiento Cáceres, así como en las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas
- En la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres: https://sede.caceres.es
- Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el propio
registro electrónico de la red SARA: https://rec.redsara.es
El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre el día siguiente al de la
publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y el 30 de
Octubre de 2023.
Los interesados podrán examinar el texto íntegro de estas Bases en la página WEB de la
Base de Datos de Subvenciones dependiente de la Intervención General del Estado.
- En la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres: https://sede.caceres.es
- Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el propio
registro electrónico de la red SARA: https://rec.redsara.es
Los interesados podrán examinar el texto íntegro de estas Bases en la página WEB de la
Base de Datos de Subvenciones dependiente de la Intervención General del Estado. En el
caso de que el último día de plazo recayera en sábado, domingo o festivo, el plazo se
prorrogará hasta el siguiente inmediato día hábil.
CVE:
BOP-2023-3056
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de mayo de 2023
N.º 0089
Pág. 15559
CSV: 14614113214514051674 en http://sede.caceres.es
II.- ANEXO II: Autorización de la persona solicitante para que el Ayuntamiento de Cáceres, a
través del Instituto Municipal de Asuntos Sociales, obtenga de forma directa la acreditación
de las circunstancias de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la
Administración General del Estado y con la Seguridad Social a través de certificados
telemáticos, así como de las diferentes prestaciones o rentas reconocidas por otras
Administraciones Públicas. El solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento,
debiendo aportar entonces los certificados.
III.- ANEXO III: Declaración formal según modelo facilitado (Anexo III), manifestando que
cumple los requisitos para obtener la condición de beneficiario previsto en el artículo 13 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y las subvenciones
solicitadas o percibidas de otras Administraciones Públicas o Instituciones Públicas o
privadas para esa misma finalidad.
IV. La comprobación del empadronamiento de todos los miembros de la unidad familiar se
realizará de oficio por el Instituto Municipal de Asuntos Sociales.
La acreditación de no tener deudas o sanciones tributarias, y de estar al corriente de pago
de obligaciones por reintegro de subvenciones con el Ayuntamiento de Cáceres y cualquiera
de sus Organismos Autónomos dependientes, se realizará igualmente de oficio por el
Instituto Municipal de Asuntos Sociales, conforme establece el artículo 10 de la Ordenanza
General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
2.- Plazo de presentación y lugar de presentación: Toda la documentación, dirigida a la
Presidencia del Instituto Municipal de Asuntos Sociales, se podrá presentar:
- De forma presencial, en las oficinas del Registro General y sus Registros Auxiliares del
Ayuntamiento Cáceres, así como en las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas
- En la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres: https://sede.caceres.es
- Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el propio
registro electrónico de la red SARA: https://rec.redsara.es
El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre el día siguiente al de la
publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y el 30 de
Octubre de 2023.
Los interesados podrán examinar el texto íntegro de estas Bases en la página WEB de la
Base de Datos de Subvenciones dependiente de la Intervención General del Estado.
- En la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres: https://sede.caceres.es
- Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el propio
registro electrónico de la red SARA: https://rec.redsara.es
Los interesados podrán examinar el texto íntegro de estas Bases en la página WEB de la
Base de Datos de Subvenciones dependiente de la Intervención General del Estado. En el
caso de que el último día de plazo recayera en sábado, domingo o festivo, el plazo se
prorrogará hasta el siguiente inmediato día hábil.
CVE:
BOP-2023-3056
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de mayo de 2023
N.º 0089
Pág. 15559