Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. (BOP-2023-2522)
BOP-2023-2522 AT-9321. Soterramiento de un tramo de la LAMT "Vera", de la STR Jaraíz de la Vera, de 20 kV, entre los apoyos 5048 Y 5049-2 de la misma, por anomalías, con el consecuente desmontaje del tramo a soterrar y mejora del suministro eléctrico en la zona.
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Segundo. De conformidad con lo establecido en la legislación vigente, se realizaron los trámites
indicados a continuación:
- Información pública del proyecto, por el plazo legalmente establecido, siendo realizadas
publicaciones en los siguientes medios:
Diario Oficial de Extremadura: 29/09/2021.
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres: 05/10/2021.
Periódico EXTREMADURA: 27/09/2021.
Tablón de edictos del Ayuntamiento del municipio afectado. 23/09/2021.
- Información a otras Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de interés
general, al objeto de que en relación con bienes y derechos a su cargo afectados por el
proyecto, emitieran informes sobre la solicitud de declaración de utilidad pública.
Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar lo
siguiente:
- Durante el trámite de información pública no han sido presentadas alegaciones.
- La Empresa ha manifestado su aceptación de los condicionados recogidos en los
pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de
servicio público o de interés general.
Cuarto. Las instalaciones objeto de la presente resolución tienen otorgada autorización
administrativa previa mediante Resolución del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y
Minera.
Quinto. Las instalaciones objeto de la presente Resolución tienen otorgada autorización
administrativa de construcción mediante Resolución del Servicio de Ordenación Industrial,
Energética y Minera.
FUNDAMENTOS DE DERECHO.
Primero. Conforme a lo dispuesto en el apartado 1.37 del Artículo 9 del Estatuto de Autonomía
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de
enero, la misma posee la competencia exclusiva en materia de instalaciones de producción,
almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su territorio,
correspondiéndole la función legislativa, la potestad reglamentaria y, en ejercicio de la función
ejecutiva, la adopción de cuantas medidas, decisiones y actos procedan. Esta función ejecutiva
CVE:
BOP-2023-2522
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de abril de 2023
N.º 0076
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