Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-2475)
BOP-2023-2475 Convenio de Encomienda de Gestión de Saneamiento y Depuración suscrito entre el Consorcio y el Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera.
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CONVENIO SANEAMIENTO EN ALTA Y
DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
El AYUNTAMIENTO reconoce al Consorcio MásMedio, como entidad local supramunicipal, la
capacidad para establecer, exigir y recaudar los fondos necesarios para la gestión del citado
servicio público encomendado mediante las correspondientes Ordenanzas reguladoras de las
tasas, contribuciones especiales y/o precios públicos, a los usuarios y beneficiarios del servicio,
con sometimiento al principio de equivalencia (que iguala la recaudación con los costes del
servicio que se presta). La potestad reglamentaria se ejercerá conforme a lo previsto en sus
respectivas normas de creación y en los términos establecidos en el artículo 152 del TRLHL.
El AYUNTAMIENTO otorga al Consorcio MásMedio capacidad suficiente para el ejercicio de las
facultades de gestión, así como la de asumir la titularidad de la concesión para el
aprovechamiento privativo de las aguas y el régimen de explotación de los bienes hidráulicos
inherentes al mismo. Así como la de representar y velar por los derechos e intereses hídricos
municipales ante la Administración competente o a otros entes u organismos públicos o
privados, reconociéndola como entidad supramunicipal para administrar la encomienda de
gestión del servicio encomendado.
El Consorcio MásMedio podrá prestar el servicio encomendado mediante la utilización de sus
propios medios técnicos o por cualesquiera de las formas previstas en la legislación vigente,
incluidas las contempladas en la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público
por la que se transponen al Ordenamiento Jurídico Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo, en adelante LCSP.
CUARTA. – Asunción y ejercicio por el Consorcio MásMedio de los servicios encomendados.
Las condiciones del servicio a prestar por el Consorcio MásMedio son las siguientes:
a) Gestionar los servicios de saneamiento en “alta” y depuración de aguas
residuales, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento del Servicio
aprobado por el Consorcio MásMedio, aplicando los principios de la Directiva
Marco del Agua de “recuperación de costes” y “quien contamina paga”.
b) Realizar actuaciones tendentes a procurar el equilibrio entre costes e ingresos
revertiendo los eventuales superávit que se produzcan en el servicio prestado,
en proporción a los abonados de servicio de cada una de las entidades locales
adheridas para su inversión en el servicio.
c) Ejercer las potestades inherentes a los servicios públicos objeto del presente
Convenio, comprendiendo el estudio de las necesidades para la mejora continua
de los mismos.
d) El Consorcio MásMedio, se subrogará en las obligaciones municipales en lo
concerniente al pago de los Costes del Servicio, bien cambiando la titularidad
de los contratos o articulando un modelo que garantice los pagos a terceros,
desde el inicio de la prestación efectiva del servicio en la entidad local por el
Consorcio MásMedio. La entidad local será responsable de las deudas existentes
CVE:
BOP-2023-2475
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de abril de 2023
N.º 0076
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