Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2023-1734)
BOP-2023-1734 Aprobación definitiva del Reglamento de funcionamiento de control horario y presencia de los/as empleados/as públicos/as del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
2. Todo el tiempo computado con anterioridad al inicio de la jornada laboral, no
será tenido en cuenta a efectos del cómputo total de tiempo efectivo de trabajo, salvo
que previamente haya sido autorizado con la Concejalía de Recursos Humanos. Art.
22.3 Convenio
Artículo 13. Recuperación de Saldos Negativos
1. En caso de existir saldos negativos, el tiempo que no hubiera sido efectivamente
trabajado ni justificado, podrá ser recuperado de mutuo acuerdo con la Concejalía de
Recursos Humanos, bien en otro horario distinto al que le corresponde al trabajador y
siempre que sea necesario por razones del servicio, o bien mediante la compensación
con las horas o servicios extraordinarios realizados, conforme al cuadro de
compensación recogido en el art. 22 del Acuerdo Sobre Condiciones Comunes de
Trabajo de los Empleados Públicos. El plazo para compensar dicho saldo negativo será
dentro del mes en que se ha generado o en el siguiente mes.
2. En caso de no poderse compensar o llegar a un acuerdo para ello, podrá dar
lugar a la correspondiente deducción proporcional de haberes, sin perjuicio de la
responsabilidad disciplinaria que pudiera derivarse de tal práctica (previo trámite de
notificación al interesado en tiempo y forma).
Artículo 14. Compensación de Saldos Positivos
1. El exceso de tiempo realizado voluntariamente y sin causa justificada, no podrá
ser reclamado para su compensación, salvo que aquel respondiera a excesos autorizados
previamente por la Concejalía de Recursos Humanos, o se hayan realizado para prevenir
o remediar siniestros u otros daños extraordinarios o urgentes, conforme a los
establecido en el artículo 22.2 del Convenio.
2. El exceso de tiempo realizado por razones del servicio, en el supuesto de que se
opte por su compensación, será conforme a lo establecido en el artículo 22 del Convenio
Plaza Mayor, núm. 30 Teléfono 927275003 – Fax 927276174
10910 MALPARTIDA DE CÁCERES (CÁCERES)
alcaldía@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es – ayuntamiento@malpartidadecaceres.es
www.malpartidadecaceres.es
Cód.
Validación:
4MFREZHSKTAC6DNECLSSAA22J
Verificación:
https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
8
de
12
CVE:
BOP-2023-1734
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de marzo de 2023
N.º 0058
Pág. 8972