Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarilla. (BOP-2023-1440)
BOP-2023-1440 Pliego de Cláusulas Administrativas particulares para contrato de gestión de servicios por procedimiento abierto
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CLÁUSULA TRIGESIMOQUINTA. Unidad encargada del Seguimiento y Ejecución.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.1 de la LCSP, la unidad encargada del
seguimiento y ejecución ordinaria del contrato será o y ejecución ordinaria del contrato será el
Servicio Social de Bases Mancomunado.
CLÁUSULA TRIGESIMOSEXTA. Confidencialidad y tratamiento de datos.
36.1 Confidencialidad.
La empresa adjudicataria (como encargada del tratamiento de datos) y su personal en
cumplimiento de los principios de integridad y confidencialidad deben tratar los datos
personales a los que tengan acceso de forma que garanticen una seguridad adecuada incluida
la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o
daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas de
conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter
Personal y en el Reglamento 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento
general de protección de datos).
Esta obligación es complementaria de los deberes de secreto profesional y subsistirá aunque
haya finalizado el contrato con el/a responsable del tratamiento de los datos (Ayuntamiento).
36.2 Tratamiento de Datos.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter
Personal y en el Reglamento general de protección de datos, los/as licitadores/as quedan
informados de que los datos de carácter personales que, en su caso, sean recogidos a través
de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para proceder a la
contratación serán tratados por este Ayuntamiento con la finalidad de garantizar el adecuado
mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del contrato.
CLÁUSULA TRIGESIMOSÉPTIMA. Régimen Jurídico del Contrato.
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción
se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley
9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo,
por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector
CVE:
BOP-2023-1440
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de marzo de 2023
N.º 0048
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