Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Viandar de la Vera. (BOP-2023-704)
BOP-2023-704 Bases Generales de las plazas incluidas en el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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Ayuntamiento de Viandar de la Vera
declarando aprobada la lista provisional de los/as aspirantes admitidos/as y excluidos/as, y el
plazo de subsanación de defectos que, en los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se
concede a los/as aspirantes excluidos/as.
El contenido de dicha Resolución deberá publicarse mediante Anuncio en el Boletín Oficial de
la Provincia, y en los Tablones de anuncios del Ayuntamiento (analógico y de la sede
electrónica). Este anuncio contendrá la relación nominal de aspirantes admitidos/as y
excluidos/as con indicación de las causas de inadmisión y del plazo para la subsanación de
deficiencias.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los deficiencias justificando su derecho a ser
admitidos/as, serán definitivamente excluidos/as del proceso selectivo.
4.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, mediante Resolución de la
Alcaldía se elevará a definitiva la lista aspirantes (que incluirá, en su caso, a los/as aspirantes
que hayan subsanado deficiencias).
El contenido de dicha Resolución deberá publicarse mediante Anuncio en el Boletín Oficial de
la Provincia, y en los Tablones de anuncios del Ayuntamiento (analógico y de la sede
electrónica).
QUINTA. Tribunal de Selección.
5.1. El Tribunal calificador encargado de la selección tendrá la categoría establecida en el art.
30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estará constituido en la forma que se
determina en los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función
Pública de Extremadura, quedando formados por los/as titulares que a continuación se
indican y sus correspondientes suplentes:
Presidente/a: un/a funcionario/a público/a de otras administraciones locales, y su
correspondiente suplente.
Vocales:
- Un/a empleado/a público/a de la Junta de Extremadura, y su correspondiente suplente.
- Dos empleados/as públicos/as de otras administraciones locales, o expertos acreditados en
Régimen Local u otras materias propias de la convocatoria a que corresponda, y sus
correspondientes suplentes.
Secretario/a: un/a funcionario/a público/a de otras administraciones locales que tendrá voz y
voto, y su correspondiente suplente.
Los Tribunales de selección serán designados por Resolución de la Alcaldía, en la que se
concretarán las personas integrantes de los Tribunales. El contenido de dicha resolución será
publicado en los Tablones de Anuncio de este Ayuntamiento (analógico y de la sede
electrónica).
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección:
- El personal que desempeñe cargos de elección o de designación política o los haya
desempeñado en los últimos dos años.
- El personal funcionario interino o laboral temporal.
- El personal eventual.
Ayuntamiento de Viandar de la Vera
Avda. de la Constitución, 32, Viandar de la Vera. 10492 (Cáceres). Tfno. 927573631. Fax: 927573743
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Martes, 7 de febrero de 2023
N.º 0026
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