Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Viandar de la Vera. (BOP-2023-704)
BOP-2023-704 Bases Generales de las plazas incluidas en el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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Ayuntamiento de Viandar de la Vera
Primera fase: oposición, previa a la de concurso. Consistirá en la realización de uno o
varios ejercicios de carácter obligatorios y no eliminatorios. Esta fase se valorará con un 60%
del total de la puntuación. Máximo 12 puntos.
Las especificaciones de esta fase serán detalladas en las Bases Específicas de cada plaza.
Segunda fase: concurso en el que se valorará la experiencia profesional y otros méritos
(formación ocupacional y titulación académica). Esta fase se valorará con un 40% del total de
la puntuación. Máximo de 8 puntos.
En esta fase, serán méritos puntuables a cada aspirante, los contraídos hasta el día de la
publicación de la convocatoria del puesto de trabajo (Base Específica) en el Boletín Oficial del
Estado.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud/instancia de
participación, que consten relacionados en el apartado correspondiente, y cuya
documentación acreditativa se haya presentado de acuerdo con la base Tercera de las
presentes Bases Generales.
En esta fase se aplicarán los siguientes criterios:
a) Servicios prestados: máximo 6 puntos.
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal,
cualquiera que sea la modalidad del nombramiento interino/a/contratación temporal o
indefinido/a no fijo/a, hasta la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE,
de acuerdo con el siguiente baremo:
1. Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante (Ayuntamiento de
Viandar de la Vera), ocupando el puesto de trabajo correspondiente a la plaza objeto de la
convocatoria, se otorgará 0,09 puntos por mes, hasta un máximo de 6 puntos.
2. Por cada mes de servicios prestados en cualquier Administración Pública en plazas de
igual denominación o similar y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el de las plazas
convocadas, se otorgarán 0,02 puntos por mes, hasta un máximo de 2 puntos.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para eso, se calculará en cada
apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera que lo que
se valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales. En el caso
de jornadas parciales, al 50 % o menos se computarán haciendo los cálculos para jornadas
completas.
Los servicios prestados se acreditarán mediante Informe de Vida Laboral actualizado del/la
aspirante, acompañado de contratos de trabajo y/o de certificado de servicios prestados.
b) Otros méritos: máximo 2 puntos.
b.1) Formación ocupacional. Máximo 1 punto.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por
Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes de ellas, o por
organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y colegios
profesionales, cuyo contenido esté relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y
subescala o categoría profesional del puesto al que se opta.
También se valorarán los cursos de contenidos trasversales (prevención de riesgos laborales,
informática, TIC, igualdad, idiomas, etc.) que contribuyan al mejor ejercicio de las funciones
del puesto de trabajo convocado.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción
Ayuntamiento de Viandar de la Vera
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Martes, 7 de febrero de 2023
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