Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torre de Don Miguel. (BOP-2023-259)
BOP-2023-259 Convocatoria para la provisión de 2 plazas de Auxiliar Administrativo/a y 2 plazas de peón de servicios múltiples por concurso, proceso especial de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Torre de Don Miguel
desempeño de funciones en el cuerpo o escala o en la categoría profesional a la que se desea
acceder. Valorables a juicio del Tribunal por guardar relación con las funciones propias del
puesto de trabajo objeto de la convocatoria, siempre que tengan una duración mínima de 5
horas. 0,017 puntos por hora de formación hasta un máximo de 2 puntos.
MÉRITOS ESPECÍFICOS DEL PUESTO DE OPERARIO DE SERVICIOS MÚLTIPLES
La puntuación será de 4 puntos y consistirá en la valoración de los siguientes
méritos con 2 puntos cada uno de ellos:
Por estar en posesión de Certificados o Carnet relacionados con las funciones
desempeñadas en el puesto; a modo de ejemplo: manipulación de productos fitosanitarios
y/o plaguicidas, manipulador de alimentos de agua de consumo humano, prevención de
riesgos laborales o similares.
Por estar en posesión de Carnet de conducir B o superior.
Se valorarán los cursos de formación o carnet que hayan sido
convocados/expedidos, u homologados por el Instituto Nacional de Administración
Pública, por Administraciones Públicas u Organismos y Organizadores dependientes de
ellas, o por organizaciones sindicales u otros/as agentes promotores/as dentro del marco del
Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y
colegios profesionales, y por otras empresas privadas o públicas cuyo contenido esté
directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y subescala o
categoría profesional a la que se opta. Asimismo, se valorarán los cursos de formación,
recibidos que hayan sido convocados/as, impartidos u homologados por los/as agentes
anteriores, con contenidos transversales y complementarios que contribuyan al desarrollo
personal y profesional de los/as empleados/as públicos/as.
El Tribunal no valorará los méritos que no estén acreditados en la forma
descrita, es decir documentalmente y de forma fehaciente. En ningún caso se valorarán
méritos no alegados o no acreditados en plazo.
En caso de empate en la puntuación final, a todos los efectos, el orden se
establecerá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado A) Experiencia profesional,
comenzando por el Sub – apartado a.1). En segundo lugar: B) Méritos, mayor puntuación
en el apartado de méritos, atendiendo a la puntuación obtenida sin aplicar el número de
puntos máximo del apartado. De persistir el empate, se resolverá por sorteo.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del
Ayuntamiento de Torre de Don Miguel
Plaza Mayor, 1, Torre de Don Miguel. 10864 (Cáceres). Tfno. 927441032. Fax: 927441135
CVE:
BOP-2023-259
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de enero de 2023
N.º 0010
Pág. 2031
desempeño de funciones en el cuerpo o escala o en la categoría profesional a la que se desea
acceder. Valorables a juicio del Tribunal por guardar relación con las funciones propias del
puesto de trabajo objeto de la convocatoria, siempre que tengan una duración mínima de 5
horas. 0,017 puntos por hora de formación hasta un máximo de 2 puntos.
MÉRITOS ESPECÍFICOS DEL PUESTO DE OPERARIO DE SERVICIOS MÚLTIPLES
La puntuación será de 4 puntos y consistirá en la valoración de los siguientes
méritos con 2 puntos cada uno de ellos:
Por estar en posesión de Certificados o Carnet relacionados con las funciones
desempeñadas en el puesto; a modo de ejemplo: manipulación de productos fitosanitarios
y/o plaguicidas, manipulador de alimentos de agua de consumo humano, prevención de
riesgos laborales o similares.
Por estar en posesión de Carnet de conducir B o superior.
Se valorarán los cursos de formación o carnet que hayan sido
convocados/expedidos, u homologados por el Instituto Nacional de Administración
Pública, por Administraciones Públicas u Organismos y Organizadores dependientes de
ellas, o por organizaciones sindicales u otros/as agentes promotores/as dentro del marco del
Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, Universidades y
colegios profesionales, y por otras empresas privadas o públicas cuyo contenido esté
directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y subescala o
categoría profesional a la que se opta. Asimismo, se valorarán los cursos de formación,
recibidos que hayan sido convocados/as, impartidos u homologados por los/as agentes
anteriores, con contenidos transversales y complementarios que contribuyan al desarrollo
personal y profesional de los/as empleados/as públicos/as.
El Tribunal no valorará los méritos que no estén acreditados en la forma
descrita, es decir documentalmente y de forma fehaciente. En ningún caso se valorarán
méritos no alegados o no acreditados en plazo.
En caso de empate en la puntuación final, a todos los efectos, el orden se
establecerá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado A) Experiencia profesional,
comenzando por el Sub – apartado a.1). En segundo lugar: B) Méritos, mayor puntuación
en el apartado de méritos, atendiendo a la puntuación obtenida sin aplicar el número de
puntos máximo del apartado. De persistir el empate, se resolverá por sorteo.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del
Ayuntamiento de Torre de Don Miguel
Plaza Mayor, 1, Torre de Don Miguel. 10864 (Cáceres). Tfno. 927441032. Fax: 927441135
CVE:
BOP-2023-259
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de enero de 2023
N.º 0010
Pág. 2031