Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar. (BOP-2023-164)
BOP-2023-164 Bases estabilización empleo temporal. Plaza de Auxiliar de Biblioteca.
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supondrá la no valoración al aspirante de los mismos.
7.2.Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido
presentadas, el Tribunal hará públicas en la sede electrónica del Ayuntamiento las
puntuaciones definitivas del Concurso.
7.3.En el supuesto de que se produzcan empates, se atenderá, en primer lugar, a la mayor
antigüedad como funcionario/a interino/a, contratación laboral temporal o indefinido o
fijo en el desempeño de los puestos de trabajo correspondientes a las plazas objeto de cada
convocatoria desde el 1 de enero de 2016 en adelante. De persistir el empate se atenderá a
la mayor antigüedad en el Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar como funcionario/a interina,
contratación laboral temporal e indefinido no fijo en plazas de igual denominación y del
mismo grupo y subgrupo. Si aún así persiste el empate se atenderá a la mayor antigüedad
en otras Administraciones Públicas como funcionario/a interino/a, contratación temporal e
indefinido no fijo en el desempeño de plazas de igual denominación y del mismo grupo o
subgrupo.
OCTAVA.-Proceso selectivo.
8.1.- El proceso selectivo tendrá una duración máxima hasta el 31 de diciembre de 2024 y
una vez finalizado, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en la sede electrónica municipal, la relación
de aprobados, por el orden de puntuación alcanzado.
8.2. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación
de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de
su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y
de las bases de la convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de recurso de alzada
ante el órgano que nombró al citado Tribunal.
8.3 El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y
con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los
aspirantes seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes se
deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se
deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno de los aspirantes, antes de su
nombramiento o toma de posesión, el órgano competente podrá requerir del Tribunal la
relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible
nombramiento como personal laboral fijo.
8.4. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos que hubieran superado el
proceso selectivo dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los
Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar
Plaza Mayor, 1, Tejeda de Tiétar. 10420 (Cáceres). Tfno. 927469002. Fax: 927469277
Cód.
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https://tejedadetietar.sedelectronica.es/
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electrónicamente
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Martes, 10 de enero de 2023
N.º 0006
Pág. 1622
7.2.Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido
presentadas, el Tribunal hará públicas en la sede electrónica del Ayuntamiento las
puntuaciones definitivas del Concurso.
7.3.En el supuesto de que se produzcan empates, se atenderá, en primer lugar, a la mayor
antigüedad como funcionario/a interino/a, contratación laboral temporal o indefinido o
fijo en el desempeño de los puestos de trabajo correspondientes a las plazas objeto de cada
convocatoria desde el 1 de enero de 2016 en adelante. De persistir el empate se atenderá a
la mayor antigüedad en el Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar como funcionario/a interina,
contratación laboral temporal e indefinido no fijo en plazas de igual denominación y del
mismo grupo y subgrupo. Si aún así persiste el empate se atenderá a la mayor antigüedad
en otras Administraciones Públicas como funcionario/a interino/a, contratación temporal e
indefinido no fijo en el desempeño de plazas de igual denominación y del mismo grupo o
subgrupo.
OCTAVA.-Proceso selectivo.
8.1.- El proceso selectivo tendrá una duración máxima hasta el 31 de diciembre de 2024 y
una vez finalizado, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en la sede electrónica municipal, la relación
de aprobados, por el orden de puntuación alcanzado.
8.2. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación
de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de
su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y
de las bases de la convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de recurso de alzada
ante el órgano que nombró al citado Tribunal.
8.3 El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y
con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los
aspirantes seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes se
deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se
deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno de los aspirantes, antes de su
nombramiento o toma de posesión, el órgano competente podrá requerir del Tribunal la
relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible
nombramiento como personal laboral fijo.
8.4. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos que hubieran superado el
proceso selectivo dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los
Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar
Plaza Mayor, 1, Tejeda de Tiétar. 10420 (Cáceres). Tfno. 927469002. Fax: 927469277
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