Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2023-69)
BOP-2023-69 Bases generales que regirán las convocatorias de procesos selectivos de consolidación y estabilización de empleo temporal.
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11. Nombramiento como funcionarios de carrera y toma de posesión
11.1. Concluidos los procesos selectivos para cubrir plazas de funcionarios de carrera,
las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los
requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución del
Sr. Alcalde-Presidente o Concejal Delegado, la cual se publicará en el Diario Oficial
de Extremadura, con indicación de la plaza adjudicada.
11.2. La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso
selectivo se efectuará en el plazo máximo de un mes, contado desde la fecha de
notificación de la resolución a cada uno de los interesados.
12. Contratación de personal laboral fijo
12.1. Concluidos los procesos selectivos para cubrir plazas de personal laboral fijo,
las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los
requisitos exigidos, serán contratados como personal laboral fijo previa resolución del
órgano municipal competente que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura,
con indicación del destino adjudicado.
12.2. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Alcaldía-Presidencia
resolverá la contratación. Los aspirantes seleccionados deberán formalizar su contrato
en el plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de la notificación de la
resolución de contratación.
13. Efectos de la falta de toma de posesión
Quienes sin causa justificada no tomarán posesión dentro del plazo señalado, no accederán a la
plaza convocada del Ayuntamiento de Moraleja, perdiendo todos los derechos derivados de las
pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento conferido.
Asimismo, desde la toma de posesión, los funcionarios quedarán obligados a utilizar los
medios que para el ejercicio de sus funciones ponga a su disposición el Ayuntamiento.
14. Datos de carácter personal
La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos
personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el Diario Oficial
de Extremadura, en el tablón de edictos y en la web municipal cuando así lo requiera la
tramitación del procedimiento. Por aplicación del principio de especialidad, los datos
personales que podrán ser objeto de publicación son: el nombre, apellidos y número del
documento nacional de identidad o documento equivalente, en la forma prevista legalmente.
15. Recursos
Las presentes bases vinculan a la Administración, al Tribunal Calificador y a quienes
participen en el proceso de selección y, tanto la presente convocatoria como sus bases y
cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal Calificador,
podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determina la Ley 7/1985,
de 2 abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
CVE:
BOP-2023-69
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
Pág. 956
11. Nombramiento como funcionarios de carrera y toma de posesión
11.1. Concluidos los procesos selectivos para cubrir plazas de funcionarios de carrera,
las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los
requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución del
Sr. Alcalde-Presidente o Concejal Delegado, la cual se publicará en el Diario Oficial
de Extremadura, con indicación de la plaza adjudicada.
11.2. La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso
selectivo se efectuará en el plazo máximo de un mes, contado desde la fecha de
notificación de la resolución a cada uno de los interesados.
12. Contratación de personal laboral fijo
12.1. Concluidos los procesos selectivos para cubrir plazas de personal laboral fijo,
las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los
requisitos exigidos, serán contratados como personal laboral fijo previa resolución del
órgano municipal competente que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura,
con indicación del destino adjudicado.
12.2. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Alcaldía-Presidencia
resolverá la contratación. Los aspirantes seleccionados deberán formalizar su contrato
en el plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de la notificación de la
resolución de contratación.
13. Efectos de la falta de toma de posesión
Quienes sin causa justificada no tomarán posesión dentro del plazo señalado, no accederán a la
plaza convocada del Ayuntamiento de Moraleja, perdiendo todos los derechos derivados de las
pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento conferido.
Asimismo, desde la toma de posesión, los funcionarios quedarán obligados a utilizar los
medios que para el ejercicio de sus funciones ponga a su disposición el Ayuntamiento.
14. Datos de carácter personal
La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos
personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el Diario Oficial
de Extremadura, en el tablón de edictos y en la web municipal cuando así lo requiera la
tramitación del procedimiento. Por aplicación del principio de especialidad, los datos
personales que podrán ser objeto de publicación son: el nombre, apellidos y número del
documento nacional de identidad o documento equivalente, en la forma prevista legalmente.
15. Recursos
Las presentes bases vinculan a la Administración, al Tribunal Calificador y a quienes
participen en el proceso de selección y, tanto la presente convocatoria como sus bases y
cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal Calificador,
podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determina la Ley 7/1985,
de 2 abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
CVE:
BOP-2023-69
Verificable
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Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
Pág. 956