Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2023-69)
BOP-2023-69 Bases generales que regirán las convocatorias de procesos selectivos de consolidación y estabilización de empleo temporal.
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acreditada, y si persiste la igualdad, se atenderá a un sorteo que se realizará de
forma pública.
7. Desarrollo del proceso selectivo
7.1. El orden de actuación de las personas aspirantes en los ejercicios que no se
puedan realizar conjuntamente, se iniciará por aquel aspirante cuyo primer apellido
comience por la letra “P”, resultante del último sorteo realizado el día 15 de febrero
de 2022 por la Junta de Extremadura (DOE nº 36 de 22 de febrero de 2022).
7.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único,
siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan. Salvo casos de fuerza
mayor invocados con anterioridad y debidamente justificados y apreciados por el
Tribunal de Selección con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un
aspirante al ejercicio en el momento de efectuarse el llamamiento determinará
automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo, quedando
excluido en consecuencia del proceso selectivo.
7.3. Los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con
setenta y dos horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio. Estos
anuncios se efectuarán, al menos, en el tablón de edictos y en la web municipal.
7.4. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal
Calificador hará públicas, en el Tablón de Edictos y en la web municipal, la relación
de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con
indicación de la puntuación obtenida.
7.5. En los casos de concurso, los/as aspirantes, una vez presentada toda la
documentación que acredita sus méritos, estarán a disposición del Tribunal para
cualquier aclaración y/o especificación que pueda surgir a lo largo del proceso.
8. Resolución del proceso selectivo y lista de aprobados
8.1. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal Calificador elevará la relación de
aprobados, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento
nacional de identidad en la forma prevista legalmente para la protección de los datos
de carácter personal, así como las notas parciales de todas y cada una de las fases del
proceso selectivo, al órgano competente para la resolución del proceso selectivo, que
asimismo ordenará su publicación en el BOP de Cáceres y en el tablón de edictos y
en la web municipal.
8.2. El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un
número superior de aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior,
siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual número de
aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las
mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados o cuando de
la documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no cumplen los
CVE:
BOP-2023-69
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
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forma pública.
7. Desarrollo del proceso selectivo
7.1. El orden de actuación de las personas aspirantes en los ejercicios que no se
puedan realizar conjuntamente, se iniciará por aquel aspirante cuyo primer apellido
comience por la letra “P”, resultante del último sorteo realizado el día 15 de febrero
de 2022 por la Junta de Extremadura (DOE nº 36 de 22 de febrero de 2022).
7.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único,
siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan. Salvo casos de fuerza
mayor invocados con anterioridad y debidamente justificados y apreciados por el
Tribunal de Selección con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un
aspirante al ejercicio en el momento de efectuarse el llamamiento determinará
automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo, quedando
excluido en consecuencia del proceso selectivo.
7.3. Los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con
setenta y dos horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio. Estos
anuncios se efectuarán, al menos, en el tablón de edictos y en la web municipal.
7.4. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal
Calificador hará públicas, en el Tablón de Edictos y en la web municipal, la relación
de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con
indicación de la puntuación obtenida.
7.5. En los casos de concurso, los/as aspirantes, una vez presentada toda la
documentación que acredita sus méritos, estarán a disposición del Tribunal para
cualquier aclaración y/o especificación que pueda surgir a lo largo del proceso.
8. Resolución del proceso selectivo y lista de aprobados
8.1. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal Calificador elevará la relación de
aprobados, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento
nacional de identidad en la forma prevista legalmente para la protección de los datos
de carácter personal, así como las notas parciales de todas y cada una de las fases del
proceso selectivo, al órgano competente para la resolución del proceso selectivo, que
asimismo ordenará su publicación en el BOP de Cáceres y en el tablón de edictos y
en la web municipal.
8.2. El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un
número superior de aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior,
siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual número de
aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las
mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados o cuando de
la documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no cumplen los
CVE:
BOP-2023-69
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
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