Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Vegaviana. (BOP-2022-6693)
BOP-2022-6693 Bases generales y especificas reguladoras de la convocatoria para la provisión de plazas dentro del Plan de Consolidación y estabilización de Empleo Temporal (Ley 20/2021, de 28 de diciembre).
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b) Calificación de la fase de oposición. El tribunal queda facultado
para la determinación del nivel mínimo exigido para la
calificación de los ejercicios, de acuerdo con el sistema de
valoración que se adopte.
6.3.2. Los procesos selectivos a través del sistema de concurso se
valorarán de forma que la calificación definitiva vendrá dada por la
calificación obtenida de la suma de las puntuaciones en base a los
méritos valorables.
6.3.3. En caso de empate, se aplicarán los siguientes criterios: procesos
selectivos por concurso-oposición: En caso de empate en la
puntuación final, el orden de desempate se establecerá atendiendo
en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de
experiencia profesional, en segundo lugar, a la mayor puntuación
obtenida en el apartado de formación específica, en tercer lugar, a la
mayor puntuación obtenida en el apartado de formación general y,
en cuarto lugar, a la calificación obtenida en el ejercicio de la fase de
oposición. De persistir el empate, este se solventará por orden
alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, de
conformidad con la letra que se determine en el sorteo público anual
realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública
a que se refiere el artículo 17 del RGI, que se publicará en el “Boletín
Oficial del Estado”.
Procesos selectivos por concurso: En caso de empate en la
puntuación final, el orden de desempate se establecerá atendiendo
en primer lugar a la mayor puntuación obtenida en el apartado de
experiencia profesional en el Ayuntamiento de Vegaviana, en
segundo lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de
formación específica y en tercer lugar a la mayor puntuación obtenida
en el apartado de formación general. De persistir el empate, este se
solventará por orden alfabético del primer apellido de los aspirantes
empatados, de conformidad con la letra que se determine en el
sorteo público anual realizado por la Secretaría de Estado para la
CVE:
BOP-2022-6693
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en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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