Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Sierra de Gata. (BOP-2022-6541)
BOP-2022-6541 Bases especificas reguladoras de la convocatoria para la provisión de plaza/s de naturaleza laboral de la Mancomunidad Sierra de Gata.
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públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o
cargos públicos por resolución judicial.
Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán
presentar, además, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a
sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, en sus mismos
términos, el acceso al empleo público.
c) Original del título exigido para poder participar en la presente convocatoria,
para su compulsa, o certificación académica que acredite tener cursados y
aprobados los estudios completos, así como abonados los derechos para la
expedición de aquel título. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
se deberá estar en posesión y aportar fotocopia compulsada de la credencial
que acredite la homologación (título académico y en su caso, traducción
jurada). Si alguno de estos documentos estuviese expedido después de la
fecha en que finalizó el plazo de admisión de instancias, deberá justificarse el
momento en que concluyeron los estudios.
d) Declaración de no estar incursos en incompatibilidad, de acuerdo con la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, y demás normativa de aplicación.
e) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni impedimento
físico ni psíquico que imposibilite para el desempeño de las funciones propias
de las plazas convocadas, solo en el caso de no estar en la situación
administrativa de servicio activo.
Quien, previo requerimiento y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase
en plazo la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece
de alguno de los requisitos señalados en las presentes bases y normativa de
aplicación, no podrá ser nombrado funcionario/a o contratado y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera
incurrido por falsedad en la solicitud inicial; todo ello conforme a lo dispuesto
en el artículo 23.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo
y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado
En caso de que la persona candidata al que correspondiese el nombramiento
o la contratación no fuera nombrada o no tomara posesión o no formalizara la
CVE:
BOP-2022-6541
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
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autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o
cargos públicos por resolución judicial.
Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán
presentar, además, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a
sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, en sus mismos
términos, el acceso al empleo público.
c) Original del título exigido para poder participar en la presente convocatoria,
para su compulsa, o certificación académica que acredite tener cursados y
aprobados los estudios completos, así como abonados los derechos para la
expedición de aquel título. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
se deberá estar en posesión y aportar fotocopia compulsada de la credencial
que acredite la homologación (título académico y en su caso, traducción
jurada). Si alguno de estos documentos estuviese expedido después de la
fecha en que finalizó el plazo de admisión de instancias, deberá justificarse el
momento en que concluyeron los estudios.
d) Declaración de no estar incursos en incompatibilidad, de acuerdo con la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, y demás normativa de aplicación.
e) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni impedimento
físico ni psíquico que imposibilite para el desempeño de las funciones propias
de las plazas convocadas, solo en el caso de no estar en la situación
administrativa de servicio activo.
Quien, previo requerimiento y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase
en plazo la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece
de alguno de los requisitos señalados en las presentes bases y normativa de
aplicación, no podrá ser nombrado funcionario/a o contratado y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera
incurrido por falsedad en la solicitud inicial; todo ello conforme a lo dispuesto
en el artículo 23.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo
y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado
En caso de que la persona candidata al que correspondiese el nombramiento
o la contratación no fuera nombrada o no tomara posesión o no formalizara la
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