Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Morcillo. (BOP-2022-6528)
BOP-2022-6528 Convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir una plaza de Auxiliar de Apoyo Administrativo de Administración General.
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AYUNTAMIENTO
DE
10811-MORCILLO
(Cáceres)
DÉCIMOPRIMERA.- ADQUISICIÓN DE LA CONDICIÓN DE PERSONAL
LABORAL FIJO.
Quienes hayan sido propuestos para adquirir la condición de personal
laboral fijo, formalizarán dicha situación en el plazo máximo de quince días
naturales, a contar desde el siguiente a aquel en que les sea notificada la
correspondiente resolución. Quienes no comparezcan en el plazo señalado sin
causa justificada, decaerán en todos sus derechos a ocupar la plaza.
Con carácter previo al contrato, a las personas que hayan superado el
proceso selectivo les será ofrecido por el Ayuntamiento de Morcillo el conjunto
de plazas de igual denominación a la que se opte, debiendo elegir éstas según
el orden de prelación de mayor a menor resultante de la puntuación final.
Concluido el proceso selectivo, los/as aspirantes propuestos que lo
hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para que
acrediten en los términos indicados en la convocatoria que cumplen los
requisitos exigidos, y serán nombrados/as Personal Laboral Fijo del
Ayuntamiento de Morcillo mediante Resolución del órgano competente, que se
publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres», con indicación del
destino adjudicado. La adjudicación de los puestos entre los/as aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de
acuerdo con la puntuación total obtenida, excepto lo previsto en el artículo 11
del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las
personas con discapacidad al empleo público de las Comunidad Autónoma de
Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los/as
empleados/as públicos/as con discapacidad.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que
impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades
públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las
Administraciones Públicas, quedarán reservados a los/as aspirantes de
nacionalidad española, de conformidad con el artículo 57.1 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a.
Adquirida la condición de personal laboral fijo, les será de aplicación la
normativa sobre incompatibilidades contenida en la Ley 53/1984, de 26 de
Cód.
Validación:
7PF42RTJZ2RNM6ZYT2D27FZJN
|
Verificación:
https://morcillo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
15
de
27
CVE:
BOP-2022-6528
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de diciembre de 2022
N.º 0247
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