Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Galisteo. (BOP-2022-6384)
BOP-2022-6384 Aprobación de bases y convocatoria en el marco de estabilización de empleo temporal, para cubrir una plaza de Oficial de Primera Albañilería
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Ayuntamiento de Guijo de Galisteo
Ayuntamiento de Guijo de Galisteo
Plza. España, 1, Guijo de Galisteo. 10816 (Cáceres) Tfno. 927449061. Fax: 927449100
1.8 Limpieza de jardines y parques, recogiendo y extrayendo de los mismos la suciedad existente.
1.9 Llevar a cabo tareas de colocación, montaje y desmontaje de vallas, tablados, etc. Y de apoyo a los
preparativos de actos (ferias, concursos, conciertos, etc.) y festejos.
1.10 Atención de averías fuera de la jornada habitual de trabajo, cuando fuera requerido.
1.11 Asesorar y apoyar a sus compañeros en aquellas tareas en las que, por sus conocimientos y /o experiencia,
tenga un mayor dominio profesional.
1.12 Controlar el buen uso, conservación y mantenimiento de instalaciones y medios existentes, comunicando
las incidencias que se produzcan a su superior.
1.13 Cumplir con las normas de salud e higiene laboral y de prevención de Riesgos Laborales.
1.14 Coordinación del personal de menor cualificación técnica, en su caso.
1.15 En base al poder de dirección y organización como empleador de Ayuntamiento, quien resulte contratado
habrá de realizar los cursos de formación que le sean requeridos para el desempeño de su puesto de trabajo.
1.16 La jornada es a tiempo completa, incluyendo disponibilidad para los trabajos necesarios fuera del horario
. fuera del horario habitual y los sábados y festivos.
1.17 Las retribuciones serán las establecidas en cada momento para la ocupación de Oficial de
Primera de Albañilería en el Convenio Colectivo de Trabajo de la Construcción y Obras Publicas de
la Provincia de Cáceres, proporcional a la jornada laboral y se ajustaran a las determinaciones
establecidas por la legislación laboral y en el contrato de trabajo.
.
Segunda.- Condiciones de admisión de aspirantes.
Para participar en este proceso de selección, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, será necesario reunir las siguientes condiciones generales, en
la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española o de otro Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado al
que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el artículo
57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa,
para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en
los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación y experiencia requerida en la base primera de esta convocatoria
Tercera.- Publicidad.
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Martes, 27 de diciembre de 2022
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