Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2022-5946)
BOP-2022-5946 Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de Régimen Interno del Centro Residencial Mixto de Mayores y del Centro de Día.
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acompañamiento al grado de autonomía del/a residente.
Programa de terapia ocupacional.
Programa de fisioterapia.
La empresa gestora del centro pondrá a disposición de todos/as los/as residentes
material de aseo (champú, gel de ducha, papel higiénico) para garantizar una correcta
organización higiénico-sanitaria y dispondrá de botiquín de urgencia equipado
suficientemente.
Artículo 48. La estancia y asistencia de los/as usuarios/as de Centro de Día (según régimen
contratado) incluirá:
Manutención, con desayuno, almuerzo, comida, merienda y cena.
Lavado y planchado de ropa y aseo personal completo al menos dos veces por semana
y cada vez que sea necesario.
La utilización de las dependencias del centro.
Al programa de animación sociocultural, de ocio y tiempo libre.
Programa de fisioterapia.
La empresa gestora del centro pondrá a disposición de todos/as los/as residentes
material de aseo (champú, gel de ducha, papel higiénico) para garantizar una correcta
organización higiénico-sanitaria y dispondrá de botiquín de urgencia equipado
suficientemente.
Otros servicios complementarios que podrán prestarse por el Centro, con independencia
de que estén o no incluidos en la tasa que abona mensualmente el usuario, como son:
Psicosocial (apoyo personal, familiar y comunitario), transporte, podología, peluquería,
servicios religiosos, teléfono público, acompañamiento, etc.
El horario para los/as usuarios/as del Centro de Día será de 9 a 21 horas.
Artículo 49. El sistema de cobro se llevará a cabo mensualmente, teniendo en cuenta:
El pago de las distintas mensualidades para todos/as los/as usuarios/as se efectuará
por adelantado, dentro de los cinco primeros días de cada mes, mediante domiciliación
bancaria, emitiendo la correspondiente factura acreditativa del pago, previa
comprobación del mismo.
El precio establecido se actualizará anualmente a tenor de las variaciones del IPC
interanual.
No se descontarán de la mensualidad los períodos en los que los/as residentes por
cualquier motivo, se ausentarán del Centro (vacaciones, fines de semana, etc.).
En caso de ingreso hospitalario superior a un mes éste debe abonarse en su totalidad y
a partir de la segunda mensualidad, se abonará la mitad de la cuota por cada mes
CVE:
BOP-2022-5946
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
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