Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2022-5946)
BOP-2022-5946 Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de Régimen Interno del Centro Residencial Mixto de Mayores y del Centro de Día.
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B) 7. FUNCIONES Y COMPETENCIAS DEL PERSONAL DE LIMPIEZA.
Artículo 45. Bajo la tutela del/a Director/a del Centro, este personal se ocupará de desarrollar
todas las tareas de limpieza de todas las dependencias del edificio, así como de las zonas
exteriores y sus accesos.
También auxiliará, según las necesidades, en las tareas que desempeñan los/as
Gerocultores/as/Auxiliares de Clínica, en cuanto a limpieza de mobiliario, habitaciones, aseos,
lavandería, planchado, así como, cualesquiera otras actividades relacionadas con sus
cometidos, que la Dirección del Centro les encomiende.
VI. SISTEMA DE COBRO DEL PRECIO DE LOS SERVICIOS DEL CENTRO RESIDENCIAL
MIXTO DE MAYORES Y DEL CENTRO DE DÍA.
Artículo 46. El régimen de precios se modificará por las tarifas establecidas en la Ordenanza
Fiscal correspondiente, dado que el servicio no tiene carácter gratuito, sin perjuicio de que las
personas que carezcan de recursos suficientes para abonar la tasa, tengan derecho en la
forma y condiciones que reglamentariamente se determinen, a la exención total o parcial del
coste de la plaza, siempre y cuando estén vinculadas a posibles plazas futuras concertadas o
conveniadas con la Junta de Extremadura.
En cualquier caso, para optar a una plaza en este Centro Residencial Mixto de Mayores,
deberán acreditar en cantidad suficiente, recursos económicos o bienes inmuebles para
afrontar cualquiera de los imprevistos mencionados en la Ordenanza Reguladora de la Tasa.
Artículo 47. La cuota mensual que el/a residente satisface da derecho al alojamiento y a
pensión completa, teniendo las siguientes particularidades para los/as residentes del Centro
Mixto de Mayores:
Alojamiento, que abarca el uso de la habitación asignada y de las áreas y servicios
comunes, estando incluido el mantenimiento y la limpieza de las referidas zonas.
Pensión completa: desayuno, almuerzo, comida, merienda y cena.
La utilización de las dependencias del centro por el/a residente.
La organización de actividades lúdicas, sociales, deportivas, turísticas, etc.
Acompañamientos: se podrá prestar el servicio de acompañamiento a aquellos/as
residentes que por razones ineludibles (consulta médica, gestiones con la
Administración, etc.) precisen el apoyo de una persona tanto para el desplazamiento
como para la estancia en el lugar que motiva su visita. En todo caso, en principio, ésta
es una responsabilidad de los/as familiares de los/as residentes y, teniendo en cuenta
que éste se trata de un Centro Residencial Mixto de Mayores, se adaptará el servicio de
CVE:
BOP-2022-5946
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
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