Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5610)
BOP-2022-5610 Convocatoria para la provisión de una plaza de Oficial Primera Albañil mediante concurso de méritos.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal queda establecida
en el Área de Personal, Formación y SEPEI, en las dependencias administrativas del Servicio de
Personal e Inspección de servicios, en el Negociado de Selección y Provisión, ubicado en la
segunda planta del Palacio Provincial, en la Plaza de Santa María s/n, de Cáceres.
SEXTA. Actuación de los/as aspirantes.
6.1. La actuación de los aspirantes en la defensa y/o lectura de la memoria se iniciará por orden
alfabético de apellidos a partir de la letra “T”, de conformidad con el sorteo efectuado
previamente (BOP de 9-2-2022) y figurará en el anuncio por el que se haga pública la resolución
aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y la fecha, hora y lugar de
comienzo de la lectura y/o defensa de la memoria. Dicha publicación se efectuará, con una
antelación de al menos cinco días hábiles de dicho comienzo en el BOP, Tablón de Anuncios
Electrónico y en la página web de Empleo Público.
Supletoriamente, se utilizará el más reciente orden alfabético determinado para la
actuación de aspirantes en procesos selectivos convocados por la Administración General de la
Comunidad Autónoma.
Para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de
su condición con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de
tiempo y medios necesarias para la defensa de la memoria debiendo adjuntar el Dictamen Técnico
Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía competente,
acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanente/s que ha/n dado origen al grado de
minusvalía reconocido.
Respecto de la adaptación de tiempos y medios, corresponderá al Tribunal Calificador
resolver la procedencia y concreción de la adaptación de tiempos y medios en función de las
circunstancias específicas del proceso selectivo, según se establece por el Decreto 111/2017, de
18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de
la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los
empleados públicos con discapacidad y la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
No obstante el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos
técnicos competentes en materia de discapacidad de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Además podrán solicitar del interesado información adicional respecto
de la adaptación solicitada.
CVE:
BOP-2022-5610
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de noviembre de 2022
N.º 0229
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