Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Rivera de Fresnedosa. (BOP-2022-5012)
BOP-2022-5012 Aprobación Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional REACTIV@TE.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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correspondiente.
h) El consumo de alcohol o drogas durante la jornada de trabajo y/o los manifiestos
síntomas de intoxicación, que repercutan negativamente en el mismo.
i) Reiteración en el uso inadecuado de las instalaciones, maquinaria, herramientas o
materiales.
j) Notoria falta de respeto hacia superiores y compañeros/as.
k) La reincidencia en la comisión de faltas leves, hasta tres dentro de un mismo
trimestre, aunque sean de distinta naturaleza, siempre y cuando hayan sido objeto de
amonestación expresa.
3. Son faltas muy graves:
a) Más de seis faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de un mes.
b) Incurrir en tres faltas no justificadas de asistencia en un mes o cuatro faltas de
asistencia sin causa justificada en toda la fase.
c) La manifiesta insubordinación, comportamiento inadecuado o notoria falta de
rendimiento en el cumplimiento de sus obligaciones.
d) Hacer desaparecer, inutilizar, destruir o causar desperfectos de importancia en
instalaciones, maquinaria, herramientas o materiales y, en general, cualquier conducta
que constituya de falta o delito doloso.
e) La reiteración en el consumo de alcohol o drogas, cuando ya haya sido objeto de
sanción por falta grave.
f) El maltrato verbal o físico, o la falta grave de respeto y consideración en la persona de
un/a compañero/a.
g) La reincidencia en la comisión de faltas graves, hasta tres en el período de la primera
fase, aunque sean de distinta naturaleza, siempre y cuando hayan sido objeto de
sanción.
SANCIONES.
Las sanciones que procederá imponer en cada caso, atendiendo la gravedad de la falta
cometida, serán las siguientes:
CVE:
BOP-2022-5012
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de octubre de 2022
N.º 0207
Pág. 21584
h) El consumo de alcohol o drogas durante la jornada de trabajo y/o los manifiestos
síntomas de intoxicación, que repercutan negativamente en el mismo.
i) Reiteración en el uso inadecuado de las instalaciones, maquinaria, herramientas o
materiales.
j) Notoria falta de respeto hacia superiores y compañeros/as.
k) La reincidencia en la comisión de faltas leves, hasta tres dentro de un mismo
trimestre, aunque sean de distinta naturaleza, siempre y cuando hayan sido objeto de
amonestación expresa.
3. Son faltas muy graves:
a) Más de seis faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de un mes.
b) Incurrir en tres faltas no justificadas de asistencia en un mes o cuatro faltas de
asistencia sin causa justificada en toda la fase.
c) La manifiesta insubordinación, comportamiento inadecuado o notoria falta de
rendimiento en el cumplimiento de sus obligaciones.
d) Hacer desaparecer, inutilizar, destruir o causar desperfectos de importancia en
instalaciones, maquinaria, herramientas o materiales y, en general, cualquier conducta
que constituya de falta o delito doloso.
e) La reiteración en el consumo de alcohol o drogas, cuando ya haya sido objeto de
sanción por falta grave.
f) El maltrato verbal o físico, o la falta grave de respeto y consideración en la persona de
un/a compañero/a.
g) La reincidencia en la comisión de faltas graves, hasta tres en el período de la primera
fase, aunque sean de distinta naturaleza, siempre y cuando hayan sido objeto de
sanción.
SANCIONES.
Las sanciones que procederá imponer en cada caso, atendiendo la gravedad de la falta
cometida, serán las siguientes:
CVE:
BOP-2022-5012
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de octubre de 2022
N.º 0207
Pág. 21584