Sección III - Administración del Estado. Delegaciones de Gobierno. Delegación del Gobierno en Extremadura. (BOP-2022-4831)
BOP-2022-4831 Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Ictio Solar Orión, S.L.U. la autorización administrativa previa, para la instalación fotovoltaica Ictio Orión de 141,57 MW.
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habiendo iniciado su tramitación, aún no hayan obtenido la autorización de explotación
definitiva.
2. Con carácter general, a los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas
iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, les será de aplicación la
nueva definición de potencia instalada. (…)”.
A su vez, la Disposición final tercera del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre modifica
el segundo párrafo del artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula
la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables,
cogeneración y residuos, que queda redactado como sigue:
«En el caso de instalaciones fotovoltaicas, la potencia instalada será la menor de entre las dos
siguientes:
a) la suma de las potencias máximas unitarias de los módulos fotovoltaicos que
configuran dicha instalación, medidas en condiciones estándar según la norma UNE
correspondiente.
b) la potencia máxima del inversor o, en su caso, la suma de las potencias de los
inversores que configuran dicha instalación.»
Ictio Orión ha acreditado su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización
del proyecto.
Con la documentación obrante en el expediente, se elaboró una propuesta de resolución que
se remitió a Ictio Orión para realizar el correspondiente trámite de audiencia. Como respuesta a
lo anterior, Ictio Orión presentó alegaciones, que han sido consideradas.
La Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, ha emitido informe, aprobado en su sesión celebrada el día 14 de julio de 2022.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa empresarial
para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas.
CVE:
BOP-2022-4831
Verificable
en:
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Martes, 18 de octubre de 2022
N.º 0199
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