Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadalupe. (BOP-2022-4819)
BOP-2022-4819 Bases generales que regulan los procesos especiales de estabilización de empleo temporal mediante Concurso-Oposición.
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temporal surgidas de procesos de provisión de plazas mediante concurso-oposición y en otros
casos por la superación de procesos específicos de formación de dichas bolsas.
En esta Ley se establecen además diversas medidas: en el ámbito local, de seguimiento de la
temporalidad y de gasto, así como de agilidad en los procesos de selección, estableciendo que
no será de aplicación lo dispuesto en los artículos 8 y 9 del Real Decreto 896/1991, de 7 de
junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe
ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local;
elaboración de un informe anual de seguimiento de la situación de la temporalidad en el
empleo público, que contendrá, como mínimo, el detalle funcional con escala autonómica y
local de todas las situaciones de temporalidad en el empleo público; así como la reducción de
plazos, la digitalización de los procesos o la acumulación de pruebas en un mismo ejercicio,
entre otras.
BASES GENERALES POR CONCURSO-OPOSICIÓN
PRIMERA. Objeto.
1.1. Las presentes bases regulan los aspectos comunes de los procesos de estabilización de
empleo temporal que convoque el Excmo. Ayuntamiento de Guadalupe, dentro del marco
general de ejecución de las Ofertas de Empleo Público extraordinaria de 2022, de
estabilización de empleo temporal.
1.2. Las especificidades de cada proceso selectivo de estabilización de empleo temporal serán
objeto de regulación en las Bases específicas que se aprobará por el órgano competente,
previa negociación y acuerdo en la Mesa de Negociación de Empleados Públicos. Estos
procesos selectivos serán convocados antes de la finalización del ejercicio 2022 y finalizarán
antes del 31 de diciembre de 2024.
En las Bases específicas, además de la descripción de las plazas convocadas, (BOP número
98 de 24 de mayo de 2022 y DOE nº 101, de fecha 27 de mayo de 2022) se consignará el
código de las plazas y el código o la identificación de los puestos objeto de la convocatoria.
1.3. Los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal que se convoquen tendrán
en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al
acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Directiva
2006/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio, de 2006, artículos 21 y 23 de
la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, de 7 de diciembre de 2000, vinculante desde la
entrada en vigor de Tratado de Lisboa de 17 de diciembre de 2007, en vigor desde el 1 de
diciembre de 2009, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley 13/2015, de 8
de abril, de la Función Pública de Extremadura.
SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Requisitos generales:
CVE:
BOP-2022-4819
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de octubre de 2022
N.º 0199
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