Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2022-4811)
BOP-2022-4811 Becas Escolares 2022-2023.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Alcántara y en el Tablón de anuncios físico, sito en el Ayuntamiento de Alcántara y surtirá todos
los efectos de la notificación practicada según lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015,
en relación con los procedimientos de concurrencia competitiva.
En aquellos casos en los que, como resultado de la fase de justificación y comprobación,
tuviera lugar un procedimiento de reintegro, las notificaciones relacionadas con dicho
procedimiento se realizarán en los términos del artículo 40 de la Ley 39/2015.
Artículo 11. Justificación y plazo.
La justificación de la subvención se deberá acreditar junto con la solicitud.
Artículo 12. Obligaciones de los/as beneficiarios/a.
Las obligaciones de los/as beneficiarios/as son las siguientes:
a) Justificar ante el Ayuntamiento de Alcántara, el cumplimiento de los requisitos y
condiciones y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de
la subvención.
b) Someterse a las actuaciones de comprobación y control que puedan ser requeridas
por los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida
en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
c) Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que
financien las actividades subvencionadas.
d) Acreditar que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y
frente a la Seguridad Social.
e) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de
comprobación y control.
f) Si se estuviera en curso de alguna de las causas de reintegro, se deberá proceder al
reintegro de la cuantía recibida.
Artículo 13. Pago.
Las subvenciones se abonarán previa justificación de la adquisición de los libros escolares. No
podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el/a beneficiario/a no se halle al corriente en
CVE:
BOP-2022-4811
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de octubre de 2022
N.º 0199
Pág. 20438