Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hoyos. (BOP-2022-4797)
BOP-2022-4797 Ordenanza municipal reguladora de la Utilización Temporal o Esporádica de Edificios, Locales e Instalaciones Municipales.
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—Cuidar de los mismos, del mobiliario existente y comportarse con el debido civismo.
—Cualquier usuario/a que advirtiese alguna deficiencia o deterioro, deberá ponerlo en
conocimiento de la concejalía correspondiente.
—Los daños causados en los locales y enseres en ellos existentes, serán
responsabilidad del/la titular de la autorización y el Ayuntamiento podrá exigir su
reparación.
ARTÍCULO 6. Prohibiciones
Estarán prohibidas las siguientes actuaciones:
—El uso de los locales para otra finalidad distinta a la autorizada.
—El uso de los locales para aquellas actividades que vulneren la legalidad.
—El uso de los locales para aquellas actividades que fomenten la violencia, el racismo,
la xenofobia y cualquier otra forma de discriminación o que atenten contra la dignidad
humana.
—El uso de los locales para aquellas actividades que impliquen crueldad o maltrato para
los animales, pueden ocasionarles sufrimientos o hacerles objeto de tratamientos
antinaturales.
—Negar la entrada a cualquier vecino del municipio que se interese por una actividad
realizada en un local, edificio o instalación municipal que tenga carácter público.
ARTÍCULO 7. Condiciones de uso de los locales e instalaciones.
Los/as solicitantes que obtengan la autorización deberán hacer uso de los edificios y locales
municipales atendiendo a su naturaleza y destino, y de forma que no se ocasione a los mismos
daño o menoscabo alguno, sin perjuicio del desgaste que pueda producirse por el uso normal,
adecuado y razonable atendiendo el fin para el cual fue solicitada la utilización. En ningún caso
podrán destinarse los edificios y locales del Ayuntamiento a fines distintos a aquellos para los
que se permitió la utilización.
Los/as usuarios/as de edificios, locales e instalaciones municipales velarán por su limpieza y
orden. Después de cada período diario de uso procederán a su limpieza y ordenación del
mobiliario y elementos interiores, de forma que puedan ser inmediatamente utilizados al día
siguiente.
CVE:
BOP-2022-4797
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 17 de octubre de 2022
N.º 0198
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