Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hoyos. (BOP-2022-4797)
BOP-2022-4797 Ordenanza municipal reguladora de la Utilización Temporal o Esporádica de Edificios, Locales e Instalaciones Municipales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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—Duración (días y horas durante las que se realizará el uso).
—Lista de actividades a realizar.
—Número de ocupantes máximo previsto
—Finalidad.
—Motivos de la solicitud.
3/.- A la solicitud expuesta en el apartado anterior, deberá adjuntarse la siguiente
documentación:
- Copia del DNI del/la solicitante.
- En su caso, declaración responsable debidamente firmada por el/la solicitante en la
que se haga constar la condición de asociación de sin ánimo de lucro, debidamente
legalizada, que posea la entidad beneficiaria de la autorización.
- Copia del abono de la tasa vinculada al correspondiente uso, según dispone la
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Utilización Privativa o el
Aprovechamiento Especial de Locales e Instalaciones de Titularidad Municipal
4/.- Previa a la concesión de la autorización, la Alcaldía o la concejalía delegada podrá solicitar
cuantos documentos, informes o aclaraciones complementarias considere oportuno.
Cuando sean varios/as los/as solicitantes, la concejalía se dirigirá, en el desarrollo de las
relaciones que puedan derivarse de la utilización, a la persona que se designe expresamente a
tal efecto, o en su defecto, al primero de los/as solicitantes.
5/.- Las autorizaciones que sean concedidas en virtud de la presente tendrán carácter personal
y no podrán ser cedidas o subarrendadas a un tercero, de manera que el incumplimiento de
este mandato dará lugar a la anulación de la autorización sin derecho a devolución o
indemnización de clase alguna.
6/.- El acceso a las instalaciones obliga, por sí mismo, a la aceptación de las normas de
utilización que por la corporación, u órgano competente de cada una, se establezca.
ARTÍCULO 5. Deberes de los/as usuarios/as.
Los/as usuarios/as deberán:
CVE:
BOP-2022-4797
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 17 de octubre de 2022
N.º 0198
Pág. 20315
—Lista de actividades a realizar.
—Número de ocupantes máximo previsto
—Finalidad.
—Motivos de la solicitud.
3/.- A la solicitud expuesta en el apartado anterior, deberá adjuntarse la siguiente
documentación:
- Copia del DNI del/la solicitante.
- En su caso, declaración responsable debidamente firmada por el/la solicitante en la
que se haga constar la condición de asociación de sin ánimo de lucro, debidamente
legalizada, que posea la entidad beneficiaria de la autorización.
- Copia del abono de la tasa vinculada al correspondiente uso, según dispone la
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Utilización Privativa o el
Aprovechamiento Especial de Locales e Instalaciones de Titularidad Municipal
4/.- Previa a la concesión de la autorización, la Alcaldía o la concejalía delegada podrá solicitar
cuantos documentos, informes o aclaraciones complementarias considere oportuno.
Cuando sean varios/as los/as solicitantes, la concejalía se dirigirá, en el desarrollo de las
relaciones que puedan derivarse de la utilización, a la persona que se designe expresamente a
tal efecto, o en su defecto, al primero de los/as solicitantes.
5/.- Las autorizaciones que sean concedidas en virtud de la presente tendrán carácter personal
y no podrán ser cedidas o subarrendadas a un tercero, de manera que el incumplimiento de
este mandato dará lugar a la anulación de la autorización sin derecho a devolución o
indemnización de clase alguna.
6/.- El acceso a las instalaciones obliga, por sí mismo, a la aceptación de las normas de
utilización que por la corporación, u órgano competente de cada una, se establezca.
ARTÍCULO 5. Deberes de los/as usuarios/as.
Los/as usuarios/as deberán:
CVE:
BOP-2022-4797
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 17 de octubre de 2022
N.º 0198
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