Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerte. (BOP-2022-4721)
BOP-2022-4721 Aprobación definitiva de Ordenanza municipal reguladora del servicio de abastecimiento de agua potable y del ahorro en el consumo de agua.
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TITULO I ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE
CAPÍTULO I: NORMAS GENERALES
Artículo 3. Fundamento legal.
De conformidad con los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen
Local, el Ayuntamiento tiene la titularidad en el ámbito municipal de la prestación del Servicio
Público de abastecimiento domiciliario de agua, pudiendo declararlo de recepción obligatoria
por los/as poseedores/as de edificaciones y viviendas por razones sanitarias y de higiene.
Artículo 4. Prestación del servicio y condiciones del suministro.
El Ayuntamiento garantizará el suministro de agua potable y se reserva el derecho de dictar las
disposiciones especiales, si lo considera conveniente, cuando se trate de aprovechamiento
para usos que pudieran afectar a la pureza de las aguas, condicionando el suministro
solicitado.
También podrá denegar aquellos aprovechamientos que puedan causar graves perjuicios al
normal funcionamiento del Servicio.
Artículo 5. Vigilancia e inspección.
Corresponde al Alcalde/sa, al/la Concejal/a en quien delegue, o a la entidad concesionaria del
servicio de abastecimiento de agua, la vigilancia e inspección de todas las instalaciones del
Servicio, pudiendo realizar las comprobaciones necesarias de los aparatos de medición y de
presión y la toma de muestras para sus análisis periódicos.
Artículo 6. Autorización.
1. Para la autorización provisional del servicio de abastecimiento de agua se exigirá título
habilitante que resulte preciso, fijando el tiempo máximo de autorización el que dure la obra,
transcurrido el cual no podrá continuar la prestación del servicio.
2. Para la contratación definitiva del servicio de abastecimiento de agua se exigirá:
a) Para viviendas la cédula de habitabilidad o en su caso calificación definitiva en el
supuesto de viviendas sometidas a algún régimen de protección pública, o licencia de
primera ocupación.
CVE:
BOP-2022-4721
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de octubre de 2022
N.º 0195
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