Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-760)
BOP-2022-760 Bases convocatoria subvenciones Festivales y Efemérides 2022.
23 páginas totales
Página
conformidad con lo establecido en la Base 41.7 de las de Ejecución del Presupuesto para el
año en curso y en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y en todo caso
siempre que la entidad beneficiaria no tenga cantidades pendientes de reintegrar relativas a
expedientes de subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres.
GARANTÍAS.
No será necesaria la constitución de garantía alguna, por la naturaleza del perceptor de la
subvención (Administración Pública), según lo establecido en la Base 41.7, apartado
"Garantías y Carácter Prepagable de las Subvenciones", en consonancia con el artículo 10 de
la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres, y estando las
Administraciones Públicas exentas de prestar garantía, en virtud de lo dispuesto en el artículo
42.2 a) del Reglamento General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21
de julio.
BASE CUARTA. BENEFICIARIOS/AS: REQUISITOS Y OBLIGACIONES.
REQUISITOS.
Podrán solicitar esta subvención y, en consecuencia, podrán ser beneficiarios/as, los
Ayuntamientos y Entidades Locales Menores de menos de 20.000 habitantes de la provincia de
Cáceres que no se encuentren incursas en ninguna prohibición para obtener la condición de
beneficiario/a de subvenciones públicas de las contempladas en el artículo 13 de la LGS.
OBLIGACIONES.
Serán obligaciones de la entidad beneficiaria las establecidas en el artículo 14 de la Ley
General de Subvenciones y en el artículo 6 de la Ordenanza General de Subvenciones de la
Diputación Provincial de Cáceres, y además:
a) Adoptará las medidas de difusión necesarias para dar publicidad a la ayuda concedida. Las
entidades beneficiarias de la subvención estarán obligadas a difundir que la actividad ha sido
subvencionada por la Diputación Provincial de Cáceres. Para ello deberán hacer constar la
colaboración mediante la disposición del texto “en colaboración con la Diputación Provincial de
Cáceres y el logotipo de la Diputación, en todo el material documental (gráfico, digital o
audiovisual) a que dé lugar el proyecto o actividad subvencionada o, en su caso, deberán
publicar en su página Web (o tablón de anuncios, en su defecto) nota informativa con el
Festival o Efeméride programado, subvencionado y el importe total de la ayuda, haciendo
expresa referencia a la subvención concedida por la Diputación Provincial.
CVE:
BOP-2022-760
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 25 de febrero de 2022
N.º 0039
Pág. 3095