Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2022-713)
BOP-2022-713 Aprobación de la Carrera Horizontal del Personal del Excmo. Ayuntamiento del Casar de Cáceres.
8 páginas totales
Página
AYUNTAMIENTO DE CASAR DE CÁCERES (CÁCERES)
C P.:10190 - Plaza de España, n° 1- Teléfono: 927 29 00 02 / Fax: 927 29 10 64
CIF: P1005000C
• Nivel Uno
• Nivel Dos
• Nivel Tres
• Nivel Cuatro
En el Nivel inicial, se encontrará todo el personal del Ayuntamiento de Casar de
Cáceres que ostente la condición de empleada o empleado público, y se encuentren en
servicio activo, o desde el que haya accedido en su caso a la situación de servicios
especiales, excedencia por cuidado de familiares y excedencia por razón de violencia de
género, computándose como ejercicio profesional efectivamente desempeñado el tiempo
que haya permanecido en esas situaciones o excedencias, o el tiempo destinado a
funciones sindicales o de representación del personal en el Ayuntamiento de Casar de
Cáceres. Este Nivel no estará retribuido.
CUARTO. Acceso a los distintos Niveles.
El procedimiento para el acceso a los distintos Niveles de carrera profesional será el
siguiente:
La empleada o empleado público que considere que reúne el requisito mínimo de
trayectoria profesional establecido para cada uno de los Niveles, así como los méritos que
se establezcan en cada Nivel, podrá solicitar durante los dos primeros meses de cada año,
mediante modelo normalizado, el reconocimiento del Nivel correspondiente.
Para el reconocimiento de los Niveles siguientes al inicial, se tendrá en cuanta el Grupo,
Subgrupo o Categoría Profesional en el que se encuentre en el momento, de acuerdo con lo
dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público o Convenio Colectivo del Ayuntamiento,
computándose como ejercicio profesional la continuidad en el puesto, siempre que el tiempo de
ejercicio profesional en el que haya permanecido la persona interesada no exista una
interrupción superior a cuatro meses en los contratos de trabajo.
La Mesa General de Negociación será la encargadade evaluar cada una de las solicitudes
a la vista de la documentación presentada, pudiendo recabar cuantos informes entienda
necesarios para la correcta valoración de los méritos. Asimismo podrá requerir al personal la
aclaración o matización de cuantas dudas pudieran surgir en el procedimiento de
evaluación.
En función de todo lo actuado, la Mesa General de Negociación elevará la propuesta al
Área competente en materia de Personal y la Alcaldía del Ayuntamiento de Casar Cáceres,
en el plazo de dos meses, dictará Resolución, que será notificada a la persona interesada.
En caso negativo, la empleada o empleado público podrá solicitar una nueva
CVE:
BOP-2022-713
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 22 de febrero de 2022
N.º 0036
Pág. 2925