Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2022-690)
BOP-2022-690 Providencia de Alcaldía para la explotación de la Casa de las Nogalas con destino a alojamiento Rural.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Montánchez
ANUNCIO. Providencia de Alcaldía para la explotación de la Casa de las Nogalas
con destino a alojamiento Rural.
Providencia de Alcaldía
Expediente: 1063/2019
Interesado: D. JUAN MANUEL LÓPEZ GÓMEZ.
Procedimiento: Resolución contrato suscrito entre el Ayuntamiento de Montánchez y
HOSTELERÍA PALACIOS SIETE, S.L. con C.I.F. n.º B-10367704, en fecha 27/04/2009, para la
explotación de la “Casa de las Nogalas con Destino a alojamiento Rural”
La Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Montánchez, en relación con el expediente arriba
señalado, ha dictado la siguiente PROVIDENCIA DE ALCALDÍA:
“Siendo necesario cursar notificación a D. Juan Manuel López Gómez, NIF n.º 07000085-N,
acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Montánchez de 22-11-2021 de INCAUTACIÓN de la
garantía definitiva constituida por Hostelería Palacios Siete, SL, mediante AVAL, inscrito en el
Registro de Avales de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Extremadura con el número
2099-0216-2-5-4310000861, por importe de tres mil ochocientos setenta y nueve con treinta
euros (3.879,30 €), por los daños y perjuicios causados a este Ayuntamiento, anteriormente
cuantificados y que ascienden a 11.073,96 € , el importe de dicha garantía, una vez ingresada
en las arcas municipales, se deducirá del importe total adeudado por ese concepto.
De conformidad con lo dispuesto en el acuerdo plenario y en el artículo 82 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por
la presente se le otorga un plazo de diez días para que si lo desea se presente en las
dependencias de este Ayuntamiento y examine el expediente a los efectos de que puedan
alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, en caso de que no
se persone o alegue en el plazo señalado al presente acuerdo se entenderá definitivo. “
CVE:
BOP-2022-690
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 18 de febrero de 2022
N.º 0034
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