Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2022-686)
BOP-2022-686 Bases Reguladoras para la Creación de una Bolsa de Trabajo para la Contratación de Personal Laboral Temporal de Peón de servicios múltiples con Discapacidad para el Centro Especial de Empleo "El Madroño".
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CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO “EL MADROÑO”
Q-1000513-J
Calle Real s/n, C.P. 10210 – Madroñera (Cáceres)
Tlfn.: 927 31 91 92 / Fax.: 927 31 91 16
BASES REGULADORAS PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE
TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL
TEMPORAL DE PEÓN DE SERVICIOS MULTIPLES CON DISCAPACIDAD
PARA EL CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO “EL MADROÑO”
Exposición de motivos.
La constitución de la presente bolsa de trabajo tiene por finalidad establecer un
procedimiento ágil para la inmediata puesta a disposición del personal de usos múltiples
del personal con discapacidad capacitado necesario para la correcta prestación de dicho
servicio, con carácter temporal y siempre que no se cuente para ello con personal
propio.
I. DISPOSICIONES GENERALES
Base Primera. Objeto.
1. Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento de selección
para la creación de una Bolsa de Trabajo para la contratación de personal laboral que
sea necesario para la para la provisión de las vacantes de carácter temporal que se
generen en la Plantilla Municipal del Centro Especial de Empleo “El Madroño”
correspondientes la categoría Peón de Servicios Múltiples, siempre y cuando se requiera
una cobertura ágil o urgente para atender a las demandas de personal.
2. Las contrataciones serán realizada por una durabilidad de seis meses a
jornada completa.
3. La bolsa de empleo tendrá una durabilidad de seis meses pasado este tiempo,
se volverán a sacar una nueva bolsa de empleo ya que pueden modificarse las
condiciones particulares de cada solicitante.
4. El contrato se formalizara por contrato temporal laboral con una categoría
profesional de E-12.
La modalidad del contrato es la de contrato laboral eventual a tiempo completo
regulada por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores con una
durabilidad de 6 meses.
La jornada de trabajo será según convenio, a jornada completa, el horario que
deberá realizar el trabajador seleccionado será el legalmente determinado por la
Alcaldía en función de las necesidades del servicio, ajustándose a las necesidades del
servicio, sin perjuicio de la distribución horaria establecida, incluyendo tardes,
domingos y festivos.
Cód.
Validación:
GP3AQT23JD6CA4NJE2PWEPNFW
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Verificación:
https://madronera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
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Gestiona
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Viernes, 18 de febrero de 2022
N.º 0034
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