Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2022-654)
BOP-2022-654 Bases Reguladoras Plaza Técnico/a Turismo.
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Cuando el procedimiento selectivo, por dificultad técnica o de otra índole, así lo
aconsejare, el/la Presidente/a del Tribunal podrá disponer incorporar al mismo, con
carácter temporal, otro personal que colabore, en el ejercicio de sus especialidades
técnicas, bajo la dirección del citado Tribunal.
Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará la
composición del Tribunal Calificador.
2. Actuación del Tribunal: No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la
mitad de sus miembros titulares o suplentes indistintamente, siendo siempre necesaria
la presencia de Presidente/a y Secretario/a. En ausencia del/a Presidente/a le sustituirá
el/la Vocal presente de mayor jerarquía, antigüedad y edad por este orden.
Su actuación se ajustará a las bases de la convocatoria y resolverá, por mayoría de
votos de sus miembros presentes, las dudas y propuestas que surjan para su aplicación,
así como las cuestiones que se susciten durante las pruebas, adoptando las medidas
necesarias para garantizar el orden en las mismas.
Los/as componentes del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo,
notificándolo a la autoridad convocante, cuando se dé alguna causa de abstención o
cuando, en el ámbitode actividades privadas, hubiesen realizado tareas de formación o
preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la
publicación de la correspondiente convocatoria.
En todo lo no previsto en estas bases, será de aplicación al Tribunal Calificador lo
dispuesto para los órganos colegiados en la citada L.R.J.-P.A.C.
SEXTA. ACTUACIÓN DE LAS P E R S O N A S ASPIRANTES, CONVOCATORIA DE
LAS PRUEBAS YANUNCIOS SUCESIVOS.
1. Actuación de personas aspirantes: El orden de actuación en los ejercicios que no se
realicen conjuntamente se determinará, antes del comienzo de cada ejercicio, mediante
sorteo público.
Las personas aspirantes, que serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento
único, deberán ir provistos del D.N.I., suponiendo la no presentación el decaimiento de
sus derechos a participar, quedando excluido/a, en consecuencia, del procedimiento
selectivo.
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Jueves, 17 de febrero de 2022
N.º 0033
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