Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2021-5312)
BOP-2021-5312 Bases para la provisión, como funcionario/a de carrera, por el sistema de Concurso-Oposición y por el turno de promoción interna, de una plaza de Técnico de Gestión Administrativa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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obtenida por los/as aspirantes en el concurso de méritos, disponiendo los/as interesados/as,
igualmente, de un plazo de cinco días hábiles para efectuar reclamaciones ante el mismo, a
contar a partir del día siguiente al de su publicación en la dirección:
https://jaraizdelavera.sedelectronica.es/info
La calificación definitiva de la fase de concurso vendrá dada por la suma de todos los puntos
obtenidos por la aplicación del baremo establecido, sin que en ningún caso esta fase suponga
una valoración superior al 35% de la puntuación total del concurso oposición.
La fase de concurso podrá realizarse de forma simultánea a la fase de oposición.
Séptima. Desarrollo del proceso selectivo.
1. Con carácter general, los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio de la fase
de oposición en llamamiento único, siendo excluidos/as quienes no comparezcan, salvo en los
casos de fuerza mayor, debidamente justificados que serán apreciados y ponderados por el
Tribunal de Selección.
No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre
mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, se hará excepción en el
llamamiento único por la coincidencia de hospitalización, con motivo de embarazo y/o parto de
las aspirantes, con el día de la celebración de alguna prueba en la que tenga que participar.
Para ello las aspirantes deberán presentar, si fuera posible dentro del plazo de los cinco días
hábiles anteriores o, en todo caso, dentro del plazo de los cinco días hábiles posteriores a la
realización de la prueba, un escrito dirigido al/a presidente del Tribunal de Selección
comunicando el hecho de la hospitalización, y adjuntando informe médico que lo demuestre,
junto con la solicitud expresa del deseo de la realización de la prueba.
2. En cualquier momento del desarrollo de los ejercicios, el Tribunal de Selección podrá
requerir a los/as aspirantes para que acrediten su identidad.
3. Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal de
Selección o del órgano convocante, que alguno/a de los/as aspirantes carece de los requisitos
necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de las
circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca del
cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al/a interesado/a. El órgano
convocante, de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho al/a
interesado/a.
CVE:
BOP-2021-5312
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de noviembre de 2021
N.º 0228
Pág. 22451
igualmente, de un plazo de cinco días hábiles para efectuar reclamaciones ante el mismo, a
contar a partir del día siguiente al de su publicación en la dirección:
https://jaraizdelavera.sedelectronica.es/info
La calificación definitiva de la fase de concurso vendrá dada por la suma de todos los puntos
obtenidos por la aplicación del baremo establecido, sin que en ningún caso esta fase suponga
una valoración superior al 35% de la puntuación total del concurso oposición.
La fase de concurso podrá realizarse de forma simultánea a la fase de oposición.
Séptima. Desarrollo del proceso selectivo.
1. Con carácter general, los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio de la fase
de oposición en llamamiento único, siendo excluidos/as quienes no comparezcan, salvo en los
casos de fuerza mayor, debidamente justificados que serán apreciados y ponderados por el
Tribunal de Selección.
No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre
mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, se hará excepción en el
llamamiento único por la coincidencia de hospitalización, con motivo de embarazo y/o parto de
las aspirantes, con el día de la celebración de alguna prueba en la que tenga que participar.
Para ello las aspirantes deberán presentar, si fuera posible dentro del plazo de los cinco días
hábiles anteriores o, en todo caso, dentro del plazo de los cinco días hábiles posteriores a la
realización de la prueba, un escrito dirigido al/a presidente del Tribunal de Selección
comunicando el hecho de la hospitalización, y adjuntando informe médico que lo demuestre,
junto con la solicitud expresa del deseo de la realización de la prueba.
2. En cualquier momento del desarrollo de los ejercicios, el Tribunal de Selección podrá
requerir a los/as aspirantes para que acrediten su identidad.
3. Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal de
Selección o del órgano convocante, que alguno/a de los/as aspirantes carece de los requisitos
necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de las
circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca del
cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al/a interesado/a. El órgano
convocante, de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho al/a
interesado/a.
CVE:
BOP-2021-5312
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de noviembre de 2021
N.º 0228
Pág. 22451