Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerte. (BOP-2021-3609)
BOP-2021-3609 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal Reguladora de la tenencia y protección de animales de compañía y animales considerados potencialmente peligrosos.
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recuperación. Deberá abonar en todo caso los gastos de recogida, manutención y
atenciones sanitarias. Transcurrido el plazo sin que dicha persona recupere el animal
este se considerará abandonado y podrá ser entregado en donación/adopción, sin
perjuicio de que se inicie el oportuno expediente sancionador.
c) Todos aquellos animales que, por su estado sanitario, comportamiento y estado de
identificación sean aptos para donación/adopción serán cedidos siempre bajo
supervisión y autorización del servicio veterinario responsable del centro una vez
transcurridos los plazos previstos en la Ley 5/2002, de 23 de mayo, de Protección de los
Animales de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La tramitación y supervisión de
las donaciones/cesiones se llevarán a cabo con la realización de un cuestionario previo
para la selección del/a receptor/a, la firma de un contrato de donación (que incluya
compromiso de esterilización) y el establecimiento de la posibilidad de un seguimiento
posterior del animal.
d) Se realizará la implantación de microchip, desparasitación y vacunación de la rabia,
en animales donados y en los devueltos a sus propietarios/as aplicándose el precio
público correspondiente por los gastos derivados de estas actuaciones, que correrán a
cargo de la persona receptora o propietaria. En el caso de los animales donados,
además se entregarán esterilizados y censados en el municipio en los casos de en los
que el/la adoptante/a resida en el municipio de Jerte.
e) Cuando un animal alojado en el Refugio Provincial de Animales haya de permanecer
ingresado en el mismo durante un período de tiempo que según criterio veterinario del
propio centro pueda suponer menoscabo para su salud y bienestar, podrá ser cedido en
custodia con carácter provisional, a quien así lo solicite y se comprometa a devolverlo al
centro cuando así sea requerido. La cesión en custodia no supone la adquisición de
derecho alguno sobre el animal.
f) Las personas que adquieran un animal doméstico de compañía en el Refugio
Provincial de Animales, tienen las mismas obligaciones y derechos que aquellos que los
adquieren por cualquier otra vía.
g) El Ayuntamiento de Jerte podrá suscribir acuerdos o convenios con entidades de
protección animal legalmente reconocidas para donar o ceder animales del Refugio
Provincial de Animales a estas entidades en los términos establecidos en dicho acuerdo
o convenio, así como para la gestión, recogida, traslado, acogida y mantenimiento de los
animales de compañía extraviados o abandonados en el término municipal de Jerte.
CVE:
BOP-2021-3609
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de julio de 2021
N.º 0140
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