Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadalupe. (BOP-2021-3605)
BOP-2021-3605 Pacto entre el Ayuntamiento de Guadalupe y los sindicatos más representativos en el ámbito de la Administración Local.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
8
meses cada dos años, y siempre condicionado a las necesidades del servicio. A los
efectos del devengo de pagas extraordinarias, el tiempo de duración de este permiso
no tendrá la consideración de servicios efectivamente prestados, sin perjuicio de su
cómputo, en todo caso, a efectos de antigüedad. Mientras se disfruta de este permiso
no se podrá realizar ninguna otra actividad, pública o privada, para cuyo ejercicio la
legislación de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones
Públicas requiera disponer de autorización o reconocimiento de compatibilidad, salvo
que con carácter previo a su inicio se hubiera otorgado éste de forma expresa.
Del disfrute de este permiso quedan excluidos, en los términos determinados en el
artículo 93 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura, de 26
de julio de 1990, el personal interino y eventual.
4.1.2. Las reducciones de la jornada contempladas en los apartados anteriores serán
autorizadas por la Secretaría General u órgano competente en materia de personal
correspondiente que podrá, en el supuesto de guarda legal y por razones justificadas
relacionadas con el funcionamiento de los servicios, establecer condiciones
específicas para el ejercicio de este derecho.
Durante el tiempo que corresponda a la reducción de la jornada no se podrá realizar
ninguna otra actividad, pública o privada, para cuyo ejercicio la legislación de
incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas requiera
disponer de autorización o reconocimiento de compatibilidad, salvo que con carácter
previo a su inicio se hubiera otorgado éste de forma expresa.
4.1.3. Con el fin de garantizar la protección efectiva de la madre y el feto durante el
embarazo en aquellos supuestos en los que pueda darse algún tipo de riesgos para
cualquiera de ellos o para ambos, la madre tendrá derecho a la adaptación de las
condiciones o del turno de trabajo o, en su caso, al cambio temporal de funciones,
previo informe preceptivo y favorable de los Servicios de Salud y Riesgos Laborales.
4.2 permisos relacionados con la formación.
1. Con objeto de facilitar la formación profesional y el desarrollo personal, podrá
concederse permiso en los siguientes supuestos:
a) Para la realización de estudios sobre materias directamente relacionadas con el
puesto de trabajo, dentro del ámbito de la Administración Pública, siempre que
exista informe favorable de la persona responsable de la unidad orgánica en que
se preste servicio. Si el permiso se concediese por interés propio de la
Administración, la empleada o empleado público tendrá derecho a percibir todas
sus retribuciones.
b) Para la asistencia a cursos de perfeccionamiento profesional, con un límite máximo
de cuarenta horas al año, cuando el curso se celebre fuera del ámbito de la
Administración Pública y el contenido del mismo esté directamente relacionado
con el puesto de trabajo que se ocupe o con la carrera profesional en la
Administración, condicionado a las necesidades del servicio y con percepción de
sus retribuciones cuando el permiso se concediera por interés de la
Administración.
c) Para la asistencia a cursos de perfeccionamiento profesional, siempre que la
gestión del servicio y la organización del trabajo lo permitan, con el límite máximo
de tres meses por año natural, y sin percibo de retribuciones.
CVE:
BOP-2021-3605
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de julio de 2021
N.º 0140
Pág. 15795
meses cada dos años, y siempre condicionado a las necesidades del servicio. A los
efectos del devengo de pagas extraordinarias, el tiempo de duración de este permiso
no tendrá la consideración de servicios efectivamente prestados, sin perjuicio de su
cómputo, en todo caso, a efectos de antigüedad. Mientras se disfruta de este permiso
no se podrá realizar ninguna otra actividad, pública o privada, para cuyo ejercicio la
legislación de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones
Públicas requiera disponer de autorización o reconocimiento de compatibilidad, salvo
que con carácter previo a su inicio se hubiera otorgado éste de forma expresa.
Del disfrute de este permiso quedan excluidos, en los términos determinados en el
artículo 93 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura, de 26
de julio de 1990, el personal interino y eventual.
4.1.2. Las reducciones de la jornada contempladas en los apartados anteriores serán
autorizadas por la Secretaría General u órgano competente en materia de personal
correspondiente que podrá, en el supuesto de guarda legal y por razones justificadas
relacionadas con el funcionamiento de los servicios, establecer condiciones
específicas para el ejercicio de este derecho.
Durante el tiempo que corresponda a la reducción de la jornada no se podrá realizar
ninguna otra actividad, pública o privada, para cuyo ejercicio la legislación de
incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas requiera
disponer de autorización o reconocimiento de compatibilidad, salvo que con carácter
previo a su inicio se hubiera otorgado éste de forma expresa.
4.1.3. Con el fin de garantizar la protección efectiva de la madre y el feto durante el
embarazo en aquellos supuestos en los que pueda darse algún tipo de riesgos para
cualquiera de ellos o para ambos, la madre tendrá derecho a la adaptación de las
condiciones o del turno de trabajo o, en su caso, al cambio temporal de funciones,
previo informe preceptivo y favorable de los Servicios de Salud y Riesgos Laborales.
4.2 permisos relacionados con la formación.
1. Con objeto de facilitar la formación profesional y el desarrollo personal, podrá
concederse permiso en los siguientes supuestos:
a) Para la realización de estudios sobre materias directamente relacionadas con el
puesto de trabajo, dentro del ámbito de la Administración Pública, siempre que
exista informe favorable de la persona responsable de la unidad orgánica en que
se preste servicio. Si el permiso se concediese por interés propio de la
Administración, la empleada o empleado público tendrá derecho a percibir todas
sus retribuciones.
b) Para la asistencia a cursos de perfeccionamiento profesional, con un límite máximo
de cuarenta horas al año, cuando el curso se celebre fuera del ámbito de la
Administración Pública y el contenido del mismo esté directamente relacionado
con el puesto de trabajo que se ocupe o con la carrera profesional en la
Administración, condicionado a las necesidades del servicio y con percepción de
sus retribuciones cuando el permiso se concediera por interés de la
Administración.
c) Para la asistencia a cursos de perfeccionamiento profesional, siempre que la
gestión del servicio y la organización del trabajo lo permitan, con el límite máximo
de tres meses por año natural, y sin percibo de retribuciones.
CVE:
BOP-2021-3605
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de julio de 2021
N.º 0140
Pág. 15795