Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2021-3449)
BOP-2021-3449 Reglamento Interno Escuela Profesional Construye-Logrosán.
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A la hora que mejor se adapte a las necesidades y eficacia del programa, se establecerá a
criterio del director-gestor, un descanso de treinta minutos, pasados los cuales todo el personal
se incorporará a las tareas que sus monitores/as les indiquen.
Artículo 8. Calendario laboral y vacaciones anuales.
Calendario laboral.
La escuela profesional dual de empleo “Construye-Logrosán” se regirá por el calendario laboral
que anualmente elabora la Administración, de tal forma que se considerarán no laborables,
además de los días considerados como tales a nivel nacional y regional, los días establecidos
por la entidad promotora.
Vacaciones anuales.
Todo el personal tendrá derecho a vacaciones anuales retribuidas con duración de veintidós
días hábiles.
El equipo formativo hará coincidir sus vacaciones con la de los alumnos/as trabajadores/as.
Para establecer las mismas se atenderá a las necesidades del servicio en beneficio del
programa que se ejecuta.
Las vacaciones no podrán ser sustituidas por compensación económica alguna.
Artículo 9. Permisos y licencias.
Además de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, dirección, docentes, personal de
apoyo y alumnos/as-trabajadores/as, previo aviso (de al menos 48 horas de antelación) y
justificación previa o posterior, podrán ausentares del trabajo, con derecho a la remuneración,
por los motivos y el tiempo que a continuación se relacionan:
a) Quince días naturales en caso de matrimonio o pareja de hecho.
b) Dos días por el nacimiento de hijo o por el fallecimiento, accidente o enfermedad
grave u hospitalización de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Cuando con tal motivo el/la trabajador/a necesite hacer un desplazamiento al efecto, el
plazo será de cuatro días. Se consideran parientes en primer grado a los padres e
hijos/as y, de segundo, a los/as abuelos/as, nietos/as y hermanos/as.
c) Un día por traslado del domicilio habitual.
CVE:
BOP-2021-3449
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de julio de 2021
N.º 0133
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