Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talayuela. (BOP-2021-3288)
BOP-2021-3288 Aprobación definitiva del Reglamento Agrupación Local de Voluntarios/as de Protección Civil.
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incompatible con la pertenencia a cualquier otra organización de
voluntarios que intervengan en emergencias.
Art. 19. Prohibiciones.
La condición de miembro de la Agrupación faculta únicamente para
realizar actividades en relación con situaciones de riesgo, emergencia,
calamidad y catástrofe, así como en servicios preventivos y programados
por el Ayuntamiento de Talayuela y con pleno sometimiento a las órdenes
del mando.
Los componentes de la agrupación no podrán realizar, amparándose en
ella, actividades de carácter personal o de finalidad religiosa, ideológica,
política o sindical, ajenas a los fines propios de la Agrupación y que la
fundamentan.
En ningún caso el voluntario de Protección Civil actuará como tal fuera
de los actos del Servicio. Esto no implica para que, usando sus
conocimientos y experiencias, intervengan, con carácter estrictamente
particular, en aquellas situaciones requeridas por su deber de ciudadanía.
En ningún caso el voluntario de Protección Civil usará vestuario ni
distintivo alguno durante la ejecución de trabajos remunerados.
CAPITULO IV: ORGANIZACIÓN
Art. 20. Dependencia.
1.- La Agrupación de Voluntarios de Protección Civil del Ayto. de
Talayuela dependerá del Alcalde o, en su caso, del Concejal Delegado.
2.- La entidad local a la que pertenece la Agrupación de Voluntarios de
Protección Civil de Talayuela se hará cargo de la financiación de los
gastos que deriven de dicha Agrupación de Voluntarios (Uniformidad,
medios materiales, etc), así como de facilitarle un local o dependencia
donde establecer su sede.
3.- La Agrupación cuando preste sus servicios en una entidad local distinta
al municipio de Talayuela dependerán orgánicamente del responsable de
ésta.
Art. 21. Estructura funcional.
1.- La Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Talayuela
atendiendo a las necesidades de servicio y a los medios humanos
disponibles se estructurarán orgánica y funcionalmente del siguiente
modo:
a) El Equipo, integrado por un mínimo de 2 voluntarios, uno de los cuales
será el Jefe de Equipo.
b) El Grupo, integrado por un mínimo de .2 Equipos, y a cargo de un Jefe
de Grupo. Atendiendo al organigrama que se establece para la Agrupación
CVE:
BOP-2021-3288
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de julio de 2021
N.º 0126
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