Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejón El Rubio. (BOP-2021-3153)
BOP-2021-3153 Provisión interina puesto Secretaria Intervención.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Los que tengan una duración inferior a 20 horas no se valorarán.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de
presentación de instancias.
Justificación de méritos: los méritos que hayan de valorarse en la fase de concurso se
acreditarán de la siguiente forma:
a) Los servicios prestados como Secretario/a - Interventor/a, Secretario/a o Interventor/a
en Entidades Locales, mediante certificación de la Secretaría de la Entidad Local que
corresponda, así como copia del nombramiento otorgado por el órgano competente de la
Comunidad Autónoma o del Ministerio que lo hubiere expedido, junto con el Acta de
toma de posesión y cese, en su caso.
b) Los ejercicios superados en las pruebas selectivas para la formación de lista de
espera para la provisión de puestos reservados a funcionarios/as con habilitación de
carácter nacional, mediante certificación expedida por el Tribunal selectivo u órgano
competente a quien corresponda su expedición.
c) Los cursos de formación mediante copia auténtica.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.5 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de
Función Pública de Extremadura, el concurso - oposición consistirá en la práctica sucesiva de
ambos sistemas, en la cual precederá siempre la fase de oposición.
VI. LISTA DE APROBADOS/AS Y PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO.
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará público el nombre del/a aspirante que haya
superado las pruebas selectivas, y lo elevará al/a Presidente/a de la Corporación para que
remita a la Junta de Extremadura propuesta de nombramiento interino/a a favor del/a mismo/a.
Todo ello, siempre que, según lo establecido en el artículo 53 del Real Decreto 128/2018, de 16
de marzo, no fuese posible la provisión del puesto en cuestión por los procedimientos previstos
en los artículos 49, 50 y 51 del citado Real Decreto, circunstancia que deberá quedar
acreditada en el expediente.
VII. TOMA DE POSESIÓN.
Una vez recibida en el Ayuntamiento la resolución de nombramiento interino/a otorgada por el
órgano competente de la Comunidad Autónoma, se requerirá al/a interesado/a para la toma de
posesión en el plazo legalmente establecido; si éste/a no compareciese a la misma dentro del
CVE:
BOP-2021-3153
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de junio de 2021
N.º 0121
Pág. 13735
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de
presentación de instancias.
Justificación de méritos: los méritos que hayan de valorarse en la fase de concurso se
acreditarán de la siguiente forma:
a) Los servicios prestados como Secretario/a - Interventor/a, Secretario/a o Interventor/a
en Entidades Locales, mediante certificación de la Secretaría de la Entidad Local que
corresponda, así como copia del nombramiento otorgado por el órgano competente de la
Comunidad Autónoma o del Ministerio que lo hubiere expedido, junto con el Acta de
toma de posesión y cese, en su caso.
b) Los ejercicios superados en las pruebas selectivas para la formación de lista de
espera para la provisión de puestos reservados a funcionarios/as con habilitación de
carácter nacional, mediante certificación expedida por el Tribunal selectivo u órgano
competente a quien corresponda su expedición.
c) Los cursos de formación mediante copia auténtica.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.5 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de
Función Pública de Extremadura, el concurso - oposición consistirá en la práctica sucesiva de
ambos sistemas, en la cual precederá siempre la fase de oposición.
VI. LISTA DE APROBADOS/AS Y PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO.
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará público el nombre del/a aspirante que haya
superado las pruebas selectivas, y lo elevará al/a Presidente/a de la Corporación para que
remita a la Junta de Extremadura propuesta de nombramiento interino/a a favor del/a mismo/a.
Todo ello, siempre que, según lo establecido en el artículo 53 del Real Decreto 128/2018, de 16
de marzo, no fuese posible la provisión del puesto en cuestión por los procedimientos previstos
en los artículos 49, 50 y 51 del citado Real Decreto, circunstancia que deberá quedar
acreditada en el expediente.
VII. TOMA DE POSESIÓN.
Una vez recibida en el Ayuntamiento la resolución de nombramiento interino/a otorgada por el
órgano competente de la Comunidad Autónoma, se requerirá al/a interesado/a para la toma de
posesión en el plazo legalmente establecido; si éste/a no compareciese a la misma dentro del
CVE:
BOP-2021-3153
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de junio de 2021
N.º 0121
Pág. 13735