Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrecillas de la Tiesa. (BOP-2021-3124)
BOP-2021-3124 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora del servicio de comida a domicilio para dependientes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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b.
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comidas diarias, almuerzo y cena, hasta un máximo semanal de 14 comidas.
La duración de la prestación será indefinida, en tanto no se acuerde su supresión.
Art. 5. Criterios generales para la valoración de la necesidad del servicio.
A los efectos de evaluar la necesidad de atención y establecer el orden de prioridad en el que
deben ser atendidas las solicitudes recibidas, se analizarán y valorarán las mismas en función
de los siguientes factores referidos al/a solicitante:
- Situación Económica: Hasta un máximo de 20 puntos.
- Autonomía y capacidad funcional: Hasta un máximo de 25 puntos.
- Accesibilidad: Hasta un máximo de 15 puntos.
- Situación Sociofamiliar: Hasta un máximo de 20 puntos.
En caso de idéntica puntuación, la prestación del Servicio corresponderá a quien tenga una
valoración superior en la variable “situación Sociofamiliar”.
Art. 6. Derechos y deberes de los/las beneficiarios/as.
1. Los/las beneficiarios/as tendrán derecho a:
- Recibir la prestación en la forma establecida.
- Ser atendidos con eficacia y respeto a su individualidad.
- Ser informados/as de las condiciones bajo las que se presta el servicio de comida a
domicilio.
2. Los/las beneficiarios/as tendrán las siguientes obligaciones:
- Aceptar y cumplir la normativa establecida en la prestación del servicio.
- Satisfacer la cuota que es la establecida en la ordenanza fiscal para los/las usuarios/as
del centro de día de la Residencia de Mayores, aprobada la ordenanza en sesión 28-02-
2016 y publicada en el BOP de 02-10-2016, siendo los precios los siguientes:
Comida: 3 €.
Cena: 2 €.
(Más un suplemento de 0,20 € por comida o cena, por el coste del traslado a los
domicilios).
- Facilitar la labor de los distintos profesionales que intervienen en la prestación del
servicio de comida a domicilio.
CVE:
BOP-2021-3124
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 28 de junio de 2021
N.º 0120
Pág. 13601
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comidas diarias, almuerzo y cena, hasta un máximo semanal de 14 comidas.
La duración de la prestación será indefinida, en tanto no se acuerde su supresión.
Art. 5. Criterios generales para la valoración de la necesidad del servicio.
A los efectos de evaluar la necesidad de atención y establecer el orden de prioridad en el que
deben ser atendidas las solicitudes recibidas, se analizarán y valorarán las mismas en función
de los siguientes factores referidos al/a solicitante:
- Situación Económica: Hasta un máximo de 20 puntos.
- Autonomía y capacidad funcional: Hasta un máximo de 25 puntos.
- Accesibilidad: Hasta un máximo de 15 puntos.
- Situación Sociofamiliar: Hasta un máximo de 20 puntos.
En caso de idéntica puntuación, la prestación del Servicio corresponderá a quien tenga una
valoración superior en la variable “situación Sociofamiliar”.
Art. 6. Derechos y deberes de los/las beneficiarios/as.
1. Los/las beneficiarios/as tendrán derecho a:
- Recibir la prestación en la forma establecida.
- Ser atendidos con eficacia y respeto a su individualidad.
- Ser informados/as de las condiciones bajo las que se presta el servicio de comida a
domicilio.
2. Los/las beneficiarios/as tendrán las siguientes obligaciones:
- Aceptar y cumplir la normativa establecida en la prestación del servicio.
- Satisfacer la cuota que es la establecida en la ordenanza fiscal para los/las usuarios/as
del centro de día de la Residencia de Mayores, aprobada la ordenanza en sesión 28-02-
2016 y publicada en el BOP de 02-10-2016, siendo los precios los siguientes:
Comida: 3 €.
Cena: 2 €.
(Más un suplemento de 0,20 € por comida o cena, por el coste del traslado a los
domicilios).
- Facilitar la labor de los distintos profesionales que intervienen en la prestación del
servicio de comida a domicilio.
CVE:
BOP-2021-3124
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 28 de junio de 2021
N.º 0120
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