Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castañar de Ibor. (BOP-2021-2444)
BOP-2021-2444 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la Tarjeta de Estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida y reserva de plazas de aparcamiento en la vía pública.
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el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y del Real Decreto
1056/2014 de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión
y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, los principales
centros de actividad de los núcleos urbanos deberán disponer de un mínimo de una
plaza de aparcamiento reservada y diseñada para su uso por personas titulares de la
tarjeta de estacionamiento por cada cuarenta plazas o fracción, independientemente de
las plazas destinadas a residencia o lugares de trabajo.
Las zonas del núcleo urbano que tienen la condición de centro de actividad en el
municipio de Castañar de Ibor, vienen recogidas en el ANEXO V de la presente
Ordenanza.
b) En cumplimiento con el Decreto 135/2018, de 1 de agosto, por el que se aprueba el
Reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la edificación, espacios
públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, además de las reservas y condiciones establecidas en la
normativa nacional vigente en materia de accesibilidad, deberá reservarse para su uso
por titulares de la tarjeta de estacionamiento:
b.1) Al menos el dos por ciento (2%) de las plazas de aparcamiento situadas en
las vías públicas y espacios públicos vinculados a la vía pública.
b.2) Una por cada veinte o fracción en las inmediaciones de los centros
sanitarios, asistenciales y/o de atención a la discapacidad, independientemente
de las plazas destinadas a residencia o lugares de trabajo.
2. Independientemente de las plazas reservadas citadas en los puntos anteriores, el
Ayuntamiento de Castañar de Ibor adoptará las medidas adecuadas para facilitar el
aparcamiento de vehículos a personas titulares de la tarjeta de estacionamiento cerca de su
centro de trabajo o domicilio, a través de la reserva de plazas.
3. El Ayuntamiento de Castañar de Ibor, previo informe favorable por parte de los Servicios
Técnicos Municipales, facilitará el incremento de la reserva de plazas de aparcamiento para
personas con movilidad reducida por encima de la dotación obligatoria que marca la normativa
de accesibilidad, a entidades de iniciativa social o centros especializados públicos o privados
que atiendan habitualmente a personas con discapacidad y movilidad reducida, lo más cerca
posible de sus instalaciones, cuando las entidades o centros citados no dispongan de
aparcamiento propio y demuestren que la dotación obligatoria no cubre las necesidades de
aparcamiento del centro.
CVE:
BOP-2021-2444
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 25 de mayo de 2021
N.º 0097
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