Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2267)
BOP-2021-2267 Aprobación definitiva modificación Plan General Municipal descatalogación elemento arqueológico n1º 41 (Campofrío).
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MEMORIA PLAN PARCIAL REFORMADO
El arroyo se encuentra desnaturalizado aguas arriba hasta la llegada a este sector y, a pesar,
de haber solicitado su entubamiento, la Confederación Hidrográfica del Tajo resolvió que es
criterio general para la protección del dominio público hidráulico mantener los cauces de la
manera más natural posible, manteniéndolos a cielo abierto y evitando cualquier tipo de
entubamiento cuando no sea suficientemente justificado.
Por ello, se adecua el cauce al suelo urbano previsto, manteniéndolo a cielo abierto y
entubándolo únicamente en los cruces de las vías.
Para el desarrollo del planeamiento urbanístico previsto, deberán tenerse en consideración los
siguientes condicionantes generales indicados por la Confederación Hidrográfica del Tajo y
recogidos en el Anexo IV “Condicionantes generales para el desarrollo del Planeamiento
Urbanístico, de la Confederación Hidrográfica del Tajo” de las Normas Urbanísticas, Tomo I, de
la Revisión y Adaptación del Plan General Municipal de Cáceres:
- En primer lugar cabe mencionar que el planeamiento general previsto debe
desarrollarse sin afectar negativamente a los posibles cauces que pudieran existir en el
ámbito de actuación.
- De acuerdo con lo establecido en la legislación vigente los terrenos que lindan con los
cauces están sujetos en toda su extensión longitudinal a una zona de servidumbre de 5
metros de anchura para uso público y una zona de policía de 100 metros de anchura. La
existencia de estas zonas únicamente significa que en ellas se condicionará el uso del
suelo y las actividades que se desarrollen.
- Como criterio general a considerar es el de mantener los cauces que se pudieran
afectar de la manera más natural posible, manteniéndolos a cielo abierto y evitando
cualquier tipo de canalización o regularización del trazado que intente convertir el río en
un canal, y contemplándose la evacuación de avenidas extraordinarias.
78 Puente Nuevo
(yacimiento 22)
727.006-4.373.633 Junta
79 Acceso a finca
(yacimiento 23)
726.548-4.372.276 Junta
CVE:
BOP-2021-2267
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 17 de mayo de 2021
N.º 0091
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