Sección III - Administración del Estado. Confederaciónes Hidrográficas. Confederación Hidrográfica del Guadiana. (BOP-2021-2262)
BOP-2021-2262 Información pública extinción de la concesión de aguas 21287.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página




Sección III - Administración del Estado
Confederaciónes Hidrográficas
Confederación Hidrográfica del Guadiana
ANUNCIO. Información pública extinción de la concesión de aguas 21287.
Endesa Generación S.A.U e Iberdrola S.A., han solicitado la extinción de la concesión de
aguas que se reseña a continuación, de la cual figuran como titulares.
Por Resolución de la Dirección General de Obras Hidráulicas, por orden del Ministerio de
Obras Públicas y Urbanismo, de 22 marzo de 1982, se concedió a la Compañía Sevillana de
Electricidad S.A. e Hidroeléctrica Española S.A., un aprovechamiento de aguas derivar del río
Guadalupejo (Embalse de García Sola), con destino a usos industriales (necesidades de
refrigeración y servicios propios de la Central Nuclear de Valdecaballeros), en los términos
municipales de Valdecaballeros y Castilblanco (Badajoz) y Alía (Cáceres), consistente en:
Una presa de embalse en el cauce del río Guadalupejo, capaz de almacenar un máximo
de 71 hm3, provisto de una toma capaz de utilizar un caudal máximo no consuntivo de
94 m3/s con destino a la refrigeración de condensadores.
Una toma de agua en el embalse de García Sola, capaz de utilizar un caudal de 8,6
m3/s con destino a mantenimiento del nivel del embalse anteriormente citado, y a la
aportación de aguas frescas al mismo.
Una toma de agua en el embalse de García Sola, capaz de utilizar un caudal de 101 l/s
con destino a las necesidades y servicios de la explotación de la Central Nuclear.
Un caudal consuntivo máximo anual de 36 hm3 proporcionado por los anteriores
elementos, como consecuencia de los procesos de evaporación, riego y filtraciones
inherentes al funcionamiento de las instalaciones.
Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 163 de Reglamento del
Dominio Público Hidráulico, aprobado por el R. D. 849/1986, de 11 de abril, a fin de que, en el
plazo de veinte (20) días contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia de Badajoz, puedan presentar reclamaciones los que se consideren
afectados/as, ante los Ayuntamientos de Valdecaballeros y Castilblanco (Badajoz) y Alía
(Cáceres). ante la Oficina de Confederación Hidrográfica del Guadiana en Badajoz, donde se
halla de manifiesto la documentación técnica del expediente de referencia, o ante el registro de
cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992
CVE:
BOP-2021-2262
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 14 de mayo de 2021
N.º 0090
Pág. 9941