Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-1857)
BOP-2021-1857 Convocatoria solicitud nivel II de la carrera profesional horizontal.
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celebrada el 15 de abril de 2019, y publicados en el D.O.E. nº 100, de 27 de mayo de 2019, y
nº 104, de 31 de mayo de 2019, respecto al reconocimiento y abono del Nivel II.
Por todo ello, y para posibilitar su extensión a los/las empleados/as públicos/as que hayan
cumplido los requisitos el 31 de diciembre de 2020, vista la propuesta del Director del Área de
Personal, Formación y S.E.P.E.I., cuyos fundamentos reproduzco en esta Resolución de forma
literal y que se acepta y sirve de motivación para la misma, conforme a lo dispuesto en el
Artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, este Vicepresidente Primero, actuando como Presidente en
funciones de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, en virtud de Resolución dictada el 2
de septiembre de 2020 (B.O.P. n.º 171, de 3 de septiembre), y en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 34.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del
Régimen Local, y habiendo sido informada la Mesa de Negociación de Empleados/as
Públicos/as.
RESUELVE
PRIMERO. - Abrir el plazo de presentación de solicitudes, conforme al modelo que figura en el
Anexo I, para el reconocimiento del Nivel II de la carrera profesional horizontal, que llevará a
cabo la Comisión de Evaluación de la Carrera Profesional Horizontal, elevando la Propuesta al
Área de Personal, Formación y S.E.P.E.I. en los siguientes términos:
a) Nivel II de la carrera profesional horizontal: Los/las funcionarios/as de carrera, el personal
laboral fijo, los/las nombrados/as funcionarios/as interinos/as o declarados/as indefinidos no
fijos/as de plantilla y el personal laboral temporal de la Administración de la Diputación
Provincial de Cáceres que a la fecha de 31 de diciembre de 2020, acrediten:
1.- Un ejercicio profesional de doce años de permanencia sin interrupción relevante, en el
Cuerpo Escala, Subescala, Clase y Categoría profesional en el que se encuentre al momento
de la solicitud, o desde el que hayan accedido a situaciones de servicios especiales,
excedencia por cuidado de familiares o excedencia por razón de violencia de género,
2.- Formación: la realización y/o impartición de acciones formativas y de perfeccionamiento,
que en cómputo total deberán alcanzar 125 horas, organizados por la Administración Públicas
o centros homologados por las mismas o acogidos al Plan Nacional de Formación Continua de
las Administraciones Públicas independientemente del/la promotor/a de las mismas.
El personal que reúna tales requisitos podrá solicitar el reconocimiento del Nivel II de la Carrera
Horizontal Profesional, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la
publicación de esta Resolución en el B.O.P. de Cáceres.
CVE:
BOP-2021-1857
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de abril de 2021
N.º 0077
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nº 104, de 31 de mayo de 2019, respecto al reconocimiento y abono del Nivel II.
Por todo ello, y para posibilitar su extensión a los/las empleados/as públicos/as que hayan
cumplido los requisitos el 31 de diciembre de 2020, vista la propuesta del Director del Área de
Personal, Formación y S.E.P.E.I., cuyos fundamentos reproduzco en esta Resolución de forma
literal y que se acepta y sirve de motivación para la misma, conforme a lo dispuesto en el
Artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, este Vicepresidente Primero, actuando como Presidente en
funciones de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, en virtud de Resolución dictada el 2
de septiembre de 2020 (B.O.P. n.º 171, de 3 de septiembre), y en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 34.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del
Régimen Local, y habiendo sido informada la Mesa de Negociación de Empleados/as
Públicos/as.
RESUELVE
PRIMERO. - Abrir el plazo de presentación de solicitudes, conforme al modelo que figura en el
Anexo I, para el reconocimiento del Nivel II de la carrera profesional horizontal, que llevará a
cabo la Comisión de Evaluación de la Carrera Profesional Horizontal, elevando la Propuesta al
Área de Personal, Formación y S.E.P.E.I. en los siguientes términos:
a) Nivel II de la carrera profesional horizontal: Los/las funcionarios/as de carrera, el personal
laboral fijo, los/las nombrados/as funcionarios/as interinos/as o declarados/as indefinidos no
fijos/as de plantilla y el personal laboral temporal de la Administración de la Diputación
Provincial de Cáceres que a la fecha de 31 de diciembre de 2020, acrediten:
1.- Un ejercicio profesional de doce años de permanencia sin interrupción relevante, en el
Cuerpo Escala, Subescala, Clase y Categoría profesional en el que se encuentre al momento
de la solicitud, o desde el que hayan accedido a situaciones de servicios especiales,
excedencia por cuidado de familiares o excedencia por razón de violencia de género,
2.- Formación: la realización y/o impartición de acciones formativas y de perfeccionamiento,
que en cómputo total deberán alcanzar 125 horas, organizados por la Administración Públicas
o centros homologados por las mismas o acogidos al Plan Nacional de Formación Continua de
las Administraciones Públicas independientemente del/la promotor/a de las mismas.
El personal que reúna tales requisitos podrá solicitar el reconocimiento del Nivel II de la Carrera
Horizontal Profesional, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la
publicación de esta Resolución en el B.O.P. de Cáceres.
CVE:
BOP-2021-1857
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de abril de 2021
N.º 0077
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