Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talaván. (BOP-2021-1847)
BOP-2021-1847 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la expedición de Tarjetas de Aparcamiento para Personas con Movilidad Reducida.
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2. El incumplimiento de estas obligaciones y la utilización fraudulenta de la tarjeta de
estacionamiento podrá dar lugar a la cancelación de la tarjeta de estacionamiento o a su
retirada temporal, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que
pudieran derivarse y de las sanciones previstas en esta ordenanza.
CAPÍTULO III
Competencias, procedimiento de concesión, vigencia, renovacióny expedición de duplicados de
la tarjeta de estacionamiento
ARTÍCULO 8. COMPETENCIAS.
1. El/la Alcalde/sa-Presidente/a será el órgano competente para la concesión de la tarjeta de
estacionamiento, de las reservas de plazas de aparcamiento y para el ejercicio de la potestad
sancionadora en este ámbito, quien podrá delegar en el/la concejal/a delegado/a que estime
oportuno.
2. Corresponderá a la Policía Local, o en su defecto a la Guardia Civil, previo acuerdo con este
Cuerpo, desarrollar las tareas de control y vigilancia de utilización de las tarjetas, y de las
plazas reservadas habilitadas al efecto.
ARTÍCULO 9. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LA TARJETA DE
ESTACIONAMIENTO.
1. El expediente se iniciará a solicitud del interesado mediante el impreso normalizado (ANEXO
I, II o III), que se presentará, una vez cumplimentado, en el Registro General del Ayuntamiento
de - o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, acompañada de:
a. En caso de persona con discapacidad, además de dicha solicitud se aportará:
1 Dos fotografías a color de tamaño carné, originales y actuales.
2 Certificado/volante de empadronamiento individual.
3 Fotocopia del DNI de la persona interesada, en caso de ser menor de edad y no
disponer de DNI, se aportará fotocopia del libro de familia o autorización a sus efectos.
4 Documento acreditativo del Grado de Discapacidad.
5 Certificado emitido por el equipo de valoración del Centro de Atención a la
CVE:
BOP-2021-1847
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de abril de 2021
N.º 0076
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estacionamiento podrá dar lugar a la cancelación de la tarjeta de estacionamiento o a su
retirada temporal, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que
pudieran derivarse y de las sanciones previstas en esta ordenanza.
CAPÍTULO III
Competencias, procedimiento de concesión, vigencia, renovacióny expedición de duplicados de
la tarjeta de estacionamiento
ARTÍCULO 8. COMPETENCIAS.
1. El/la Alcalde/sa-Presidente/a será el órgano competente para la concesión de la tarjeta de
estacionamiento, de las reservas de plazas de aparcamiento y para el ejercicio de la potestad
sancionadora en este ámbito, quien podrá delegar en el/la concejal/a delegado/a que estime
oportuno.
2. Corresponderá a la Policía Local, o en su defecto a la Guardia Civil, previo acuerdo con este
Cuerpo, desarrollar las tareas de control y vigilancia de utilización de las tarjetas, y de las
plazas reservadas habilitadas al efecto.
ARTÍCULO 9. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LA TARJETA DE
ESTACIONAMIENTO.
1. El expediente se iniciará a solicitud del interesado mediante el impreso normalizado (ANEXO
I, II o III), que se presentará, una vez cumplimentado, en el Registro General del Ayuntamiento
de - o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, acompañada de:
a. En caso de persona con discapacidad, además de dicha solicitud se aportará:
1 Dos fotografías a color de tamaño carné, originales y actuales.
2 Certificado/volante de empadronamiento individual.
3 Fotocopia del DNI de la persona interesada, en caso de ser menor de edad y no
disponer de DNI, se aportará fotocopia del libro de familia o autorización a sus efectos.
4 Documento acreditativo del Grado de Discapacidad.
5 Certificado emitido por el equipo de valoración del Centro de Atención a la
CVE:
BOP-2021-1847
Verificable
en:
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Lunes, 26 de abril de 2021
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