Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-1661)
BOP-2021-1661 Bases Convocatoria subvenciones JUVENTAS EMPLEA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Además de este formulario“Justificación”, se acompañarán como documentos anexos de
carácter obligatorio los indicados a continuación:
Declaración responsable que la contratación no incurre en causa de exclusión. Anexo V.
Declaración responsable de no haber recibido otras ayudas procedentes de otros
Fondos Europeos para la misma finalidad Anexo VI.
Las nóminas correspondientes al periodo contratado, firmadas por el perceptor, en las
que se hará constar mediante una diligencia el importe que se imputa, parcial o
totalmente, a la subvención otorgada por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
Justificantes bancario del pago de dichas nóminas.
Justificantes correspondientes a las liquidaciones y pagos de las cotizaciones a la
Seguridad Social (TC1/recibo de liquidación de cotizaciones y TC2 o documentos
equivalentes).
Igualmente deberá justificarse la liquidación de las retenciones y el ingreso en la
Delegación de la Agencia Estatal Tributaria de las cantidades correspondientes al IRPF
o IRNR. (Modelo 111 y 190).
En todo caso, la justificación del pago de los importes igual o superiores a 2.500,00 € o su
contravalor en moneda extranjera, deberá efectuarse mediante adeudo bancario, de
conformidad con la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y
presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las
actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, que clarifica que a efectos del cálculo de
la anterior cuantía, se sumará el importe de todas las operaciones o pagos en que se haya
podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios.
Relación detallada de todos los ingresos que financian los gastos objeto de subvención (fondos
propios, subvenciones concedidas, y otras aportaciones) debiéndose acreditar su importe,
procedencia y aplicación a las actividades subvencionadas.
En el supuesto que la suma de los ingresos sea superior al gasto justificado, la subvención se
reducirá de tal modo que, en ningún caso el total de ingresos sea superior a los gastos
justificados.
En relación a los medios de pago estos se acreditarán como sigue:
A. Transferencia Bancaria
Cuando los pagos se lleven a cabo a través de este medio, la cuenta de cargo debe estar a
nombre de la entidad. Para su acreditación se debe aportar alguno de los siguientes
documentos:
CVE:
BOP-2021-1661
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de abril de 2021
N.º 0071
Pág. 7674
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Además de este formulario“Justificación”, se acompañarán como documentos anexos de
carácter obligatorio los indicados a continuación:
Declaración responsable que la contratación no incurre en causa de exclusión. Anexo V.
Declaración responsable de no haber recibido otras ayudas procedentes de otros
Fondos Europeos para la misma finalidad Anexo VI.
Las nóminas correspondientes al periodo contratado, firmadas por el perceptor, en las
que se hará constar mediante una diligencia el importe que se imputa, parcial o
totalmente, a la subvención otorgada por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
Justificantes bancario del pago de dichas nóminas.
Justificantes correspondientes a las liquidaciones y pagos de las cotizaciones a la
Seguridad Social (TC1/recibo de liquidación de cotizaciones y TC2 o documentos
equivalentes).
Igualmente deberá justificarse la liquidación de las retenciones y el ingreso en la
Delegación de la Agencia Estatal Tributaria de las cantidades correspondientes al IRPF
o IRNR. (Modelo 111 y 190).
En todo caso, la justificación del pago de los importes igual o superiores a 2.500,00 € o su
contravalor en moneda extranjera, deberá efectuarse mediante adeudo bancario, de
conformidad con la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y
presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las
actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, que clarifica que a efectos del cálculo de
la anterior cuantía, se sumará el importe de todas las operaciones o pagos en que se haya
podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios.
Relación detallada de todos los ingresos que financian los gastos objeto de subvención (fondos
propios, subvenciones concedidas, y otras aportaciones) debiéndose acreditar su importe,
procedencia y aplicación a las actividades subvencionadas.
En el supuesto que la suma de los ingresos sea superior al gasto justificado, la subvención se
reducirá de tal modo que, en ningún caso el total de ingresos sea superior a los gastos
justificados.
En relación a los medios de pago estos se acreditarán como sigue:
A. Transferencia Bancaria
Cuando los pagos se lleven a cabo a través de este medio, la cuenta de cargo debe estar a
nombre de la entidad. Para su acreditación se debe aportar alguno de los siguientes
documentos:
CVE:
BOP-2021-1661
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de abril de 2021
N.º 0071
Pág. 7674