Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). (03273/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión como personal laboral fijo de una plaza de Administrativo de Recursos Humanos mediante concurso-oposición por promoción interna, incluida en la relación de puestos de trabajo
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
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El Tribunal queda facultado para resolver todas las dudas que se presente, interpretar las bases de esta convocatoria y
adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo.
Decimosegunda.- Vinculación de las bases.
Las presentes bases vinculan al Ayuntamiento y al órgano de selección y a quienes participen en las pruebas selectivas.
Tanto las bases, como cuantos actos administrativos deriven de la convocatoria y de la actuación del órgano de selección,
podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Decimotercera.- Publicación.
Las presentes bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, el inicio del procedimiento lo
determinará la fecha de publicación, el resto de trámites derivados el desarrollo de la presente convocatoria, en el tablón de
anuncios y sede electrónica municipales. A efectos del cómputo de plazos, regirá la fecha de publicación del correspondiente
anuncio en los citados medios.
Decimocuarta.- Igualdad de género.
En cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la redacción de las presentes bases, indicar que se
ha utilizado el género gramatical masculino con el fin de designar a todos los individuos, sin distinción de sexos.
Decimoquinta.- Datos de carácter personal.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, los aspirantes prestan su consentimiento para que los
datos de carácter personal facilitados por ellos sean incorporados en los ficheros automatizados de nóminas, cuya finalidad
es la de ser utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: Formación, selección y promoción interna,
retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y otros extremos,
pudiendo ser utilizados asimismo dichos datos para gestionar el nombramiento y las listas de espera, que en su caso,
genere la convocatoria (dichas listas de espera se harán públicas). El Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, como
responsable del fichero mencionado, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter
personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, el aspirante en el presente procedimiento de
selección queda informado y presta su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados. El
opositor podrá ejercitar respecto a sus datos los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la ley
orgánica citada, mediante escrito dirigido al Ayuntamiento. Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el
que el aspirante ha autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser comunicados a terceros, con la única finalidad
del desarrollo del proceso selectivo.
_______________
ANEXO I.- TEMARIO
Tema 1.- La Constitución Española de 1978 (I): Características. Estructura. Título Preliminar.
Tema 2.- La Constitución Española de 1978 (II): Título I De los derechos y deberes fundamentales: Capítulo I y Capítulo II.
Tema 3.- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Título preliminar. El principio
de igualdad y la tutela contra la discriminación. El principio de igualdad en el empleo público.
Tema 4.- Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. Definiciones. Derecho a la protección frente a
los riesgos laborales. Principios de la acción preventiva. Equipos de trabajo y medios de protección.
Tema 5.- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público. Derechos y Deberes de los funcionarios públicos.
Tema 6.- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local. El Municipio. Organización Municipal. Órganos de
Gobierno Municipales. El Alcalde. Los Concejales. El Ayuntamiento Pleno y la junta de Gobierno Local.
Tema 7.- El enfoque de género y las políticas de igualdad de oportunidades. Políticas específicas de igualdad.
Tema 8.- Ley 8/2011, de 23 de marzo de igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura:
Disposiciones generales. Integración de la perspectiva de Género en las Políticas Públicas. Violencia de Género: las mujeres
en situaciones de violencia de género a la atención integral y efectiva.
Tema 9.- El personal al servicio de las entidades locales. Funcionarios, personal laboral, personal eventual y personal
directivo profesional.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El Tribunal queda facultado para resolver todas las dudas que se presente, interpretar las bases de esta convocatoria y
adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo.
Decimosegunda.- Vinculación de las bases.
Las presentes bases vinculan al Ayuntamiento y al órgano de selección y a quienes participen en las pruebas selectivas.
Tanto las bases, como cuantos actos administrativos deriven de la convocatoria y de la actuación del órgano de selección,
podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Decimotercera.- Publicación.
Las presentes bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, el inicio del procedimiento lo
determinará la fecha de publicación, el resto de trámites derivados el desarrollo de la presente convocatoria, en el tablón de
anuncios y sede electrónica municipales. A efectos del cómputo de plazos, regirá la fecha de publicación del correspondiente
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Decimocuarta.- Igualdad de género.
En cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la redacción de las presentes bases, indicar que se
ha utilizado el género gramatical masculino con el fin de designar a todos los individuos, sin distinción de sexos.
Decimoquinta.- Datos de carácter personal.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, los aspirantes prestan su consentimiento para que los
datos de carácter personal facilitados por ellos sean incorporados en los ficheros automatizados de nóminas, cuya finalidad
es la de ser utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: Formación, selección y promoción interna,
retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y otros extremos,
pudiendo ser utilizados asimismo dichos datos para gestionar el nombramiento y las listas de espera, que en su caso,
genere la convocatoria (dichas listas de espera se harán públicas). El Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, como
responsable del fichero mencionado, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter
personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, el aspirante en el presente procedimiento de
selección queda informado y presta su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados. El
opositor podrá ejercitar respecto a sus datos los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la ley
orgánica citada, mediante escrito dirigido al Ayuntamiento. Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el
que el aspirante ha autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser comunicados a terceros, con la única finalidad
del desarrollo del proceso selectivo.
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ANEXO I.- TEMARIO
Tema 1.- La Constitución Española de 1978 (I): Características. Estructura. Título Preliminar.
Tema 2.- La Constitución Española de 1978 (II): Título I De los derechos y deberes fundamentales: Capítulo I y Capítulo II.
Tema 3.- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Título preliminar. El principio
de igualdad y la tutela contra la discriminación. El principio de igualdad en el empleo público.
Tema 4.- Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. Definiciones. Derecho a la protección frente a
los riesgos laborales. Principios de la acción preventiva. Equipos de trabajo y medios de protección.
Tema 5.- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público. Derechos y Deberes de los funcionarios públicos.
Tema 6.- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local. El Municipio. Organización Municipal. Órganos de
Gobierno Municipales. El Alcalde. Los Concejales. El Ayuntamiento Pleno y la junta de Gobierno Local.
Tema 7.- El enfoque de género y las políticas de igualdad de oportunidades. Políticas específicas de igualdad.
Tema 8.- Ley 8/2011, de 23 de marzo de igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura:
Disposiciones generales. Integración de la perspectiva de Género en las Políticas Públicas. Violencia de Género: las mujeres
en situaciones de violencia de género a la atención integral y efectiva.
Tema 9.- El personal al servicio de las entidades locales. Funcionarios, personal laboral, personal eventual y personal
directivo profesional.
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