Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01405/2025)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas al Fomento del Turismo, 2025
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
Anuncio 1405/2025
Datos de la entidad que justifica.
Datos del proyecto/actividad subvencionada que se justifica.
Clasificación de los gastos por tipología y forma de pago de estos.
Relación clasificada de todos los gastos de la actividad subvencionada financiados con la
subvención de Diputación, incluyendo: N.º de orden, descripción del gasto, acreedor, el
número de factura, la fecha de emisión de la factura, fecha de pago, importe total de la
factura, e importe (parcial o total) imputado a la subvención de Diputación.
Relación clasificada de todos los gastos de la actividad subvencionada financiados con
fondos propios de la entidad solicitante u otras subvenciones o recursos, incluyendo:
N.º de orden, descripción del gasto, acreedor, el número de factura, la fecha de emisión
de la factura, fecha de pago, importe total de la factura, importe (parcial o total)
financiado con fondos propios u otras subvenciones o recursos, así como la entidad
financiadora de tales importes.
Los ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto o la actividad con
acreditación del importe y su procedencia.
Que se haga constar:
La procedencia, o no, de remanentes no aplicados, así como de los
intereses derivados de los mismos.
La exactitud y veracidad de los datos reseñados en ese documento así
como que la actividad subvencionada ha sido realizada en su totalidad,
habiéndose cumplido las condiciones impuestas y conseguido los
objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención.
Que el importe de la subvención concedida, por sí sola o en concurrencia
con otras subvenciones concedidas por agentes financiadores, no excede
del importe total de la actividad o proyecto subvencionado.
Que los justificantes presentados, y relacionados con n.º de orden,
corresponden a gastos efectuados como consecuencia directa de la
actividad objeto de subvención y estrictamente necesarios, que se
corresponden fielmente con documentos originales que se encuentran a
disposición de la Diputación, y que el importe imputado a esta
subvención no ha servido para justificar otras subvenciones distintas.
D.2.2.- Al anexo de cuenta justificativa, se adjuntarán de manera ordenada y referidos con los
números de orden que aparezcan en aquella:
Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los requisitos
necesarios que establece el RD 1619/2012 o la legislación aplicable, demostrativos de
los gastos realizados y financiados con la aportación de Diputación. Dichas
facturas/documentos serán presentados en formato digital (escaneados o electrónicos),
y no requerirán compulsa ni estampillado. La no presentación de facturas/documentos
originales o compulsadas, no exime en ningún caso al beneficiario, de su obligación de
custodia y puesta a disposición de las mismas si le son requeridas por la administración.
En cualquier caso, la remisión a través de la sede electrónica por la persona
representante de la entidad, donde quede constancia de su firma, presupondrá la
originalidad de los documentos presentados.
Todos los gastos deberán acreditarse conforme a lo establecido en el apartado/base anterior y
acogerse a las limitaciones estipuladas.
En relación con las diferentes tipologías de gastos considerados justificables deberán
acogerse, a efectos de justificación, a las exigencias y limitaciones establecidas en la
base 5.
La justificación del pago efectivo de los gastos, se realizará mediante cualquier
documento con validez jurídica en el ámbito mercantil, como copias de transferencias
bancarias, o cheques con extracto bancario justificativo de que los mismos han sido
cobrados.
Los documentos justificativos de los pagos deberán ir referidos con el mismo n.º de
orden del gasto correspondiente.
No se admitirán pagos en metálico.
En su caso, justificante de pago del reintegro en el supuesto de remanentes no
aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Datos de la entidad que justifica.
Datos del proyecto/actividad subvencionada que se justifica.
Clasificación de los gastos por tipología y forma de pago de estos.
Relación clasificada de todos los gastos de la actividad subvencionada financiados con la
subvención de Diputación, incluyendo: N.º de orden, descripción del gasto, acreedor, el
número de factura, la fecha de emisión de la factura, fecha de pago, importe total de la
factura, e importe (parcial o total) imputado a la subvención de Diputación.
Relación clasificada de todos los gastos de la actividad subvencionada financiados con
fondos propios de la entidad solicitante u otras subvenciones o recursos, incluyendo:
N.º de orden, descripción del gasto, acreedor, el número de factura, la fecha de emisión
de la factura, fecha de pago, importe total de la factura, importe (parcial o total)
financiado con fondos propios u otras subvenciones o recursos, así como la entidad
financiadora de tales importes.
Los ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto o la actividad con
acreditación del importe y su procedencia.
Que se haga constar:
La procedencia, o no, de remanentes no aplicados, así como de los
intereses derivados de los mismos.
La exactitud y veracidad de los datos reseñados en ese documento así
como que la actividad subvencionada ha sido realizada en su totalidad,
habiéndose cumplido las condiciones impuestas y conseguido los
objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención.
Que el importe de la subvención concedida, por sí sola o en concurrencia
con otras subvenciones concedidas por agentes financiadores, no excede
del importe total de la actividad o proyecto subvencionado.
Que los justificantes presentados, y relacionados con n.º de orden,
corresponden a gastos efectuados como consecuencia directa de la
actividad objeto de subvención y estrictamente necesarios, que se
corresponden fielmente con documentos originales que se encuentran a
disposición de la Diputación, y que el importe imputado a esta
subvención no ha servido para justificar otras subvenciones distintas.
D.2.2.- Al anexo de cuenta justificativa, se adjuntarán de manera ordenada y referidos con los
números de orden que aparezcan en aquella:
Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los requisitos
necesarios que establece el RD 1619/2012 o la legislación aplicable, demostrativos de
los gastos realizados y financiados con la aportación de Diputación. Dichas
facturas/documentos serán presentados en formato digital (escaneados o electrónicos),
y no requerirán compulsa ni estampillado. La no presentación de facturas/documentos
originales o compulsadas, no exime en ningún caso al beneficiario, de su obligación de
custodia y puesta a disposición de las mismas si le son requeridas por la administración.
En cualquier caso, la remisión a través de la sede electrónica por la persona
representante de la entidad, donde quede constancia de su firma, presupondrá la
originalidad de los documentos presentados.
Todos los gastos deberán acreditarse conforme a lo establecido en el apartado/base anterior y
acogerse a las limitaciones estipuladas.
En relación con las diferentes tipologías de gastos considerados justificables deberán
acogerse, a efectos de justificación, a las exigencias y limitaciones establecidas en la
base 5.
La justificación del pago efectivo de los gastos, se realizará mediante cualquier
documento con validez jurídica en el ámbito mercantil, como copias de transferencias
bancarias, o cheques con extracto bancario justificativo de que los mismos han sido
cobrados.
Los documentos justificativos de los pagos deberán ir referidos con el mismo n.º de
orden del gasto correspondiente.
No se admitirán pagos en metálico.
En su caso, justificante de pago del reintegro en el supuesto de remanentes no
aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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