Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Monesterio. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00635/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa de empleo y formación ESCALA "Monesterio I"
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Ayuntamiento de Monesterio

Anuncio 635/2025

La desobediencia a las normas de seguridad y salud laboral.
La imprudencia o negligencia en el trabajo.
El destrozo intencionado de instalaciones, mobiliario, maquinaria, herramientas y materiales.
La tercera o más inasistencia injustificada al trabajo.
El abandono reiterado del centro momentáneamente durante la jornada de trabajo sin el permiso correspondiente.
En caso de que se estén realizando tareas fuera del centro, su abandono tendrá la misma consideración.
Estar en posesión de alcohol o drogas durante la jornada de trabajo y/o los claros síntomas de estar bajo los efectos
del alcohol y/o droga.
Fotografiar o grabar imágenes dentro de las instalaciones, centro de trabajo y dentro de las actividades del proyecto
sin autorización.
No abonar los destrozos o desperfectos causados, en el periodo de un mes.
Tendrán la consideración de incidencia disciplinaria:
Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia al trabajo.
La acumulación de tres incidencias muy graves.
Cometer algún tipo de agresión física hacia los compañeros/as, equipo técnico o resto de personal que se encuentre
en el centro.
La transgresión de la buena fe contractual, el abuso de confianza en el desempeño del trabajo, así como la
apropiación, hurto o robo de bienes propiedad del centro, de compañeros o de cualquiera otra persona dentro de
las dependencias del centro de trabajo o donde se estuviera trabajando
La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo y/o pone en riesgo la salud de sus
compañeros/as.
El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el
acoso sexual o por razón de sexo a los compañeros/as, equipo técnico o resto de personal que se encuentre en el
centro.
30. Consideraciones.
Las incidencias anteriormente descritas, serán recogidas por escrito, para su posterior custodia en el expediente del
alumno/a. Según el grado de intensidad de la incidencia, está tendrá unas consecuencias u otras.
- Incidencia leve:
Amonestación verbal por parte del personal técnico implicado.
Apercibimiento del personal técnico implicado con el visto bueno de la dirección.
- Incidencia grave:
Amonestación verbal por parte del personal técnico implicado y tutoría con la dirección.
Apercibimiento del personal técnico implicado con el visto bueno de la dirección.
- Incidencia muy grave:
Por la primera incidencia muy grave, tutoría con la dirección y el monitor, apercibimiento del personal técnico
implicado con el visto bueno de la dirección y expulsión de 1 día.
Por la segunda incidencia muy grave, tutoría con la dirección y el monitor, apercibimiento del personal técnico
implicado con el visto bueno de la dirección y expulsión de 2 días.
La tercera incidencia muy grave será considerada incidencia disciplinaria.
Todo destrozo o desperfecto deberá ser pagado obligatoriamente y nunca detrayéndose de sus retribuciones
mensuales del responsable del mismo. Si la responsabilidad del daño fuera de todos o algunos de los miembros será
repuesto de igual manera.
- Incidencia disciplinaria:
Por la tercera incidencia muy grave, reunión del equipo técnico del proyecto, comunicación al Ayuntamiento de
Monesterio y a la Gerencia Territorial del SEXPE de la Dirección General de Formación para el Empleo y propuesta de
despido disciplinario.
Por la primera incidencia disciplinaria, reunión del equipo técnico del proyecto, comunicación al Ayuntamiento de
Monesterio y a la Gerencia Territorial del SEXPE de la Dirección General de Formación para el Empleo y propuesta de
despido disciplinario.
Para la aplicación de las sanciones anteriormente descrita se considerará lo siguiente:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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