Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Transición Ecológica (Badajoz). (00181/2025)
Convocatoria de subvenciones para financiar la redacción de proyectos de obras, para la ejecución de instalaciones fotovoltáicas de autoconsumos colectivos en edificios municipales para contribuir a la descarbonización de los servicios locales
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Delegación de Transición Ecológica

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Las administraciones públicas utilizarán preferentemente medios electrónicos en sus comunicaciones con otras
administraciones públicas.
El acceso deberá realizarse con certificado digital de representación de la entidad local. Los pasos a seguir para realizar el
acceso son:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
2. Acceder como entidad local.
3. En trámites por delegaciones seleccionar Transición Ecológica.
4. Seleccionar el trámite solicitud de subvención para financiar la redacción de proyectos de obras, para la
ejecución de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumos colectivos municipales.
5. Identificarse con el certificado digital de representación de la entidad local.
6. Cumplimentar los datos correspondientes a la entidad local y al representante.
7. Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de la convocatoria.
8. Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos en la convocatoria.
9. Verificar los datos del interesado y representante, la solicitud correspondiente a la convocatoria y los
anexos adjuntados.
10. Firmar y finalizar.
Base 7.- Procedimiento concesión de la subvención.
Los fondos de esta línea de subvenciones que se regulan en las presentes bases, responderán al siguiente procedimiento,
sin perjuicio del resto de los trámites internos inherentes a cualquier procedimiento administrativo:
1. Aprobadas las presentes bases, y una vez concluido el plazo para la presentación de solicitudes, el órgano
instructor, solicitará la correspondiente certificación de la Secretaría General acreditativa de la fecha de
entrada de las solicitudes en el plazo establecido en la convocatoria, elevando posteriormente toda la
documentación a la Comisión de Valoración. Formarán parte de la documentación, los informes emitidos por
la Tesorería Provincial, a efectos del cumplimiento de las obligaciones tributarias por las entidades solicitantes
sin perjuicio de la posterior comprobación y, en su caso, compensación, con carácter previo al pago.
2. Examinadas y analizadas las solicitudes por la Comisión de Valoración, su presidente formulará la
propuesta de concesión previo acuerdo adoptado al respecto por la Comisión.
Base 8.- Obligaciones de los beneficiarios.
Los beneficiarios estarán sujetos a las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones y
artículo 16 de Ordenanza general de subvenciones de la Diputación Provincial de Badajoz y en todo caso, estarán sujetos a
las siguientes obligaciones:
1. Realizar proyectos técnicos de ejecución de instalaciones fotovoltaicas para autoconsumos en edificios
municipales solicitados conforme a lo establecido en la convocatoria, en el plazo establecido.
2. El proyecto que se desarrolle se debe ajustar en todos los extremos a la normativa vigente, tanto técnica
como urbanística o de cualquier otra naturaleza, que en relación con la solicitud presentada le sea aplicable.
3. Asegurar que los proyectos técnicos se redactan sobre edificios públicos municipales que dispongan del
correspondiente certificado de inspección periódica emitida por OCA, en caso de que sea preceptivo o, en su
caso, que el proyecto redactado incorpora las actuaciones necesarias para garantizar la legalización y puesta
en funcionamiento de la instalación de FV para autoconsumo.
4. Asegurar la disponibilidad de los terrenos y la compatibilidad de la instalación, con el instrumento de
planeamiento urbano vigente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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