Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Transición Ecológica (Badajoz). (00181/2025)
Convocatoria de subvenciones para financiar la redacción de proyectos de obras, para la ejecución de instalaciones fotovoltáicas de autoconsumos colectivos en edificios municipales para contribuir a la descarbonización de los servicios locales
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Delegación de Transición Ecológica

Anuncio 181/2025

humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles; y de garantizar modalidades de consumo y producción
sostenibles. Las metas a las que se está respondiendo pretenden aumentar considerablemente la proporción de energía
renovable en el conjunto de fuentes energéticas y lograr la gestión sostenible y el uso eficiente de los recursos naturales.
La Diputación de Badajoz persigue también facilitar que los beneficios económicos derivados de la abundancia recurso solar
pueda revertir a las entidades locales e, indirectamente, al tejido social y económico de la provincia.
Además, las instalaciones de autoconsumo colectivo que se proyecten al amparo de estas bases podrán, si así lo determina
cada entidad local beneficiaria, servir como elemento vertebrador de iniciativas de participación ciudadana en el ámbito
energético, incluyendo su potencial integración en comunidades energéticas locales que permitan maximizar los beneficios
sociales y económicos derivados de estas infraestructuras renovables en el territorio.
La articulación de línea de subvenciones expuesta permite alimentar los principios de autonomía y suficiencia financiera
municipal, consagrados en nuestra Constitución, recogidos en los artículos 137 y 142, que pivotan de forma coadyuvante el
uno con el otro. Para el establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en el Plan que hayan de concederse
mediante concurrencia no competitiva se han de aprobar las bases específicas reguladoras de la concesión, conjunta o
previamente a la convocatoria, con arreglo a lo que disponen la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
y su Reglamento aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio, así como la Ordenanza general de subvenciones de la
Diputación de Badajoz.
Vista la propuesta del Área de Transición Ecológica para la aprobación de unas bases específicas con convocatoria,
reguladoras de la convocatoria de subvenciones para financiar la redacción de proyectos de obras, para la ejecución de
instalaciones fotovoltaicas de autoconsumos colectivos en edificios municipales para contribuir a la descarbonización de los
servicios locales.
Considerando la competencia que me confiere el artículo 33.2 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de
Badajoz, y la regulación contenida en la disposición transitoria primera del Reglamento del registro electrónico de la
Diputación de Badajoz.
HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar las bases específicas reguladoras de la convocatoria de subvenciones para financiar la
redacción de proyectos de obras, para la ejecución de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumos colectivos
municipales para contribuir a la descarbonización de los servicios locales, durante el año 2025.
Segundo.- Aprobar los modelos de documentos telemáticos que se relacionan para posibilitar su remisión por
vía telemática mediante los sistemas de firma electrónica previstos:
Solicitud de subvención, anexo 1.
Declaración responsable, anexo 2.
Certificado de encontrarse al corriente con las obligaciones de la Hacienda Estatal y con la Seguridad
Social, anexo 3.
Remisión electrónica de documentación para justificación de la subvención, anexo 4.
Certificado de justificación de la subvención, anexo 5.
Declaración/compromiso de legalización de instalación eléctrica, anexo 6.
Tercero.- Aprobar el gasto por la cuantía total máxima que fija la convocatoria.
Cuarto.- Aprobar la convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión de las subvenciones
convocadas en régimen de concurrencia no competitiva, de acuerdo con los principios generales de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Quinto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y BDNS, para garantizar su
divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Lo dispone así el Presidente de la Diputación de Badajoz, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponer recurso de reposición
ante esta Presidencia de la Diputación de Badajoz en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la
publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoBOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 3 de 22