Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (05222/2024)
Corrección de errores de aprobación definitiva de la modificación parcial del Reglamento orgánico municipal del Pleno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Mérida
Anuncio 5222/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Mérida
Mérida (Badajoz)
Anuncio 5222/2024
Corrección de errores de aprobación definitiva de la modificación parcial del Reglamento orgánico municipal del Pleno
Advertido error en la redacción de la modificación parcial del Reglamento orgánico municipal del Pleno del Excmo.
Ayuntamiento de Mérida, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 192, de fecha 4 de octubre de 2024, se
procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
La redacción del apartado 2 del artículo 53 queda de la siguiente manera:
"2. Las enmiendas se presentarán mediante escrito dirigido a la Presidencia del Pleno y suscrito
por la persona portavoz del grupo. En el caso de las propuestas y proposiciones con dictamen
de la Comisión Informativa que corresponda en base a la materia, se presentarán ante el
registro general del Ayuntamiento con al menos 24 horas de antelación a la celebración de la
sesión plenaria. Con respecto a las mociones de tramitación urgente, se presentarán antes del
inicio de la sesión plenaria mediante escrito dirigido a la Presidencia y entrega de una copia a
los/las portavoces de los grupos municipales."
Desaparece el apartado 3 del artículo 53, y se modifica el número del resto de apartados de dicho artículo
correlativamente.
En la ciudad de Mérida, a fecha de la firma digital.- El Alcalde.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
La redacción del apartado 2 del artículo 53 queda de la siguiente manera:
"2. Las enmiendas se presentarán mediante escrito dirigido a la Presidencia del Pleno y suscrito
por la persona portavoz del grupo. En el caso de las propuestas y proposiciones con dictamen
de la Comisión Informativa que corresponda en base a la materia, se presentarán ante el
registro general del Ayuntamiento con al menos 24 horas de antelación a la celebración de la
sesión plenaria. Con respecto a las mociones de tramitación urgente, se presentarán antes del
inicio de la sesión plenaria mediante escrito dirigido a la Presidencia y entrega de una copia a
los/las portavoces de los grupos municipales."
Desaparece el apartado 3 del artículo 53, y se modifica el número del resto de apartados de dicho artículo
correlativamente.
En la ciudad de Mérida, a fecha de la firma digital.- El Alcalde.
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